En el asunto Nº PP11-D-2009-000066, seguido al adolescente IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, a quien se le imputa la presunta comisión de uno de los delitos establecidos en la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previa solicitud interpuesta por la vindicta pública y por cuanto la Experticia Botánica, realizada a la sustancia incautada actualmente no tiene uso terapéutico, de acuerdo a lo previsto en el artículo 117 de la ley, este Tribunal autoriza al Ministerio Público para la destrucción de la sustancia incautada, como lo prevé el artículo 119 de la citada Ley. Líbrese lo conducente. ASI SE DECIDE.