En el asunto signado con el Nº PP11-D-2010-00395, donde figura el adolescente IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, previa solicitud interpuesta por la vindicta pública y mediante resolución de esta fecha se autorizó la destrucción de la sustancia incautada, tal como lo prevé el artículo 119 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Se ordena la remisión de las actuaciones con la autorización de destrucción de la sustancia incautada a la Fiscalía Quinta del Ministerio Público. Se libró lo conducente. ASI SE DECIDE.