En el asunto penal Nº PP11-D-2010-00415, seguido al adolescente IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, a quien se le imputa la presunta comisión de uno del delito ALTERACION DEL ORDEN PUBLICO, INVASION DE TERRENOS INMUEBLES O BIENHECHURIAS, previsto y sancionado en el artículo 471-A del Código Penal y el delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 Ordinal 2° del Mismo Código, en perjuicio del Estado Venezolano y la Cosa Publica, en audiencia oral y privada celebrada en esta fecha se impone la Medida Cautelar del articulo 582, literales "C" y "E" , de la Ley especial que nos rige. Se ordena la Libertad del adolescente, sujetos a las medida antes indicadas. se hace entrega a su representante legal.ASI SE DECIDE.