REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 16 de Junio de 2010
AÑOS: 200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : PV11-D-2009-000044
ASUNTO : PV11-D-2009-000044

JUEZ: Abg. CARMEN XIOMARA BELLERA

SECRETARIO: Abg. JESUS GARCIA

FISCAL : Abg. MARIA GABRIELA MAGO

DEFENSORA: Abg. SIRLEY BARRIOS


SANCIONADO: IDENTIDAD OMITIDA


VICTIMA: NG DE HU AI HUA

DECISION: COMPUTO Y CESE DE LA SANCION






REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 16 de Junio de 2010
AÑOS: 200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : PV11-D-2009-000044
ASUNTO : PV11-D-2009-000044
Revisadas como han sido las presentes actuaciones, conforme lo establecido en los artículos 646 y 647, literal “a” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes con el objeto de verificar el tiempo cumplido de la sanción impuesta al Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, y visto el escrito consignado por la abogada Sirley Barrios en su carácter de Defensora Pública Especializada del mencionado adolescente, este Tribunal de Ejecución, observa:
Que en fecha 21-04-2009, corre inserta a los folios 121 al 138, ambos inclusive, de la causa PV11-D-2009-000044, decisión dictada por el Tribunal de Control N°02 de este Sistema Penal, donde consta que el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, fue condenado, por dicho Tribunal, previa admisión de los hechos, a cumplir la Sanción de LIBERTAD ASISTIDA, prevista en el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el lapso de ocho (08) meses, por el delito de ROBO AGRAVADO , previsto y sancionado en el artículo 458 de del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano NG DE HU AI HUA.
Que corre inserto a los folios 154 al 157 de la primera pieza, ambos inclusive, de la causa PV11-D-2009-000044, decisión mediante la cual este Tribunal de Ejecución dictó Auto Ejecutorio de fecha 26-05-2009, de la sentencia condenatoria dictada, previa admisión de los hechos, por el Tribunal de Control N°02 de este Sistema Penal, al adolescente IDENTIDAD OMITIDA.
Que en fecha 01/07/2009, tal como consta del Acta de Imposición de Sanción, la cual corre inserta a los folios 183 al 185, de la primera pieza, ambos inclusive, de la causa PV11-D-2009-000044, en el cual se impuso formalmente al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, de la sentencia condenatoria dictada en fecha 21/04/2009, por el Tribunal de Control N° 02 de esta Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, consistente en el cumplimiento de la Medida de Libertad Asistida, por el lapso de ocho (08) meses, conforme a lo establecido en el articulo 626 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, consistente en recibir orientaciones psicopedagógicas ante el Equipo Técnico Multidisciplinario adscrito a este Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente.
Consta a los folios 188 al 189, de la primera pieza, ambos inclusive, de la causa PV11-D-2009-000044, oficio Nº PP-491/2009, de fecha 10/07/2009, suscrito por el Lic. Guillermo Laurentín Torres, adscrito al Equipo Técnico Multidisciplinario de Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, en el cual remite informe de seguimiento e informa: “…La presente tiene por finalidad notificarle que el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, asistió a solicitar cita para iniciar el apoyo psicoterapéutico ordenado para el y se le otorgo la misma para el día 16/11/2009”...
Consta al folio 195, de la Primera pieza, de la causa PV11-D-2009-000044, oficio Nº 063, de fecha 19/08/2009, suscrito por el Msc. Dessiree Rodríguez, adscrito al Equipo Técnico Multidisciplinario de Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, en el cual remite informe de seguimiento e informa: “… Sirva la presente para informarle que el adolescente IDENTIDAD OMITIDA asistió el día de hoy en horas de la tarde a la oficina del Equipo Multidisciplinario, realizandose la entrevista de receptoria de caso por la TSU. Maritza Pérez, acordandose una segunda cita para el día 08/09/2009”...
Consta al folio 198, de la Primera pieza, de la causa PV11-D-2009-000044, oficio Nº 129, de fecha 08/09/09, suscrito por el Msc. Dessiree Rodríguez, adscrita al Equipo Técnico Multidisciplinario de Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, en el cual remite informe de seguimiento e informa: “…Sirva la presente para informarle que el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, asistió el día de hoy en horas de la tarde a la oficina del Equipo Multidisciplinario, para participar en la charla deberes y derechos durante una sanción , acordandose una nueva cita para el día martes 06-10-2009 en horas de la mañana.
Consta al folio 200, de la Primera pieza, en la causa PV11-D-2009-000044, oficio Nº 237, de fecha 11/03/09, suscrito por la Msc. Dessiree Rodríguez, adscrita al Equipo Técnico Multidisciplinario de Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, en el cual remite informe de seguimiento e informa: “…Sirva la presente para informarle que la Representante del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, asistió a su cita pautada para el día de hoy acordandose una nueva cita para el día 15/10/09.”...
Consta al folio 06, de la segunda pieza, en la causa PV11-D-2009-000044, oficio Nº 330, de fecha 15/10/09, suscrito por la Msc. Dessiree Rodríguez, adscrito al Equipo Técnico Multidisciplinario de Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, en el cual remite informe de seguimiento e informa: “…Sirva la presente para informarle que el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, asistió el día de hoy en horas de la mañana a la oficina del Equipo Multidisciplinario, se acordó una cuarta cita para el jueves 12-11-2009.
Consta al folio 10, de la segunda pieza, en la causa PV11-D-2009-000044, oficio Nº 489, de fecha 12/11/09, suscrito por la Msc. Dessiree Rodríguez, adscrita al Equipo Técnico Multidisciplinario de Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, en el cual remite informe de seguimiento e informa: “…Sirva la presente para informarle que el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, asistió a su cita del día de hoy, acordandose una septima cita para el día 26/01/10.”...
Consta al folio 13, de la segunda pieza, en la causa PV11-D-2009-000044, oficio Nº 070, de fecha 26/01/10, suscrito por la Msc. Dessiree Rodríguez, adscrita al Equipo Técnico Multidisciplinario de Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, en el cual remite informe de seguimiento e informa: “…Sirva la presente para informarle que el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, asistió a su cita del día hoy, le fue otorgada para el día 02/03/10.”...
Consta al folio 15, de la segunda pieza, en la causa PV11-D-2009-000044, oficio Nº 268, de fecha 02/03/10, suscrito por la Msc. Dessiree Rodríguez, adscrita al Equipo Técnico Multidisciplinario de Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, en el cual remite informe de seguimiento e informa: “…Sirva la presente para informarle que el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, asistió a su cita del día de hoy, acordándose una novena cita para el día 06/04/10.”...
Consta al folio 17, de la segunda pieza, en la causa PV11-D-2009-000044, oficio Nº 360, de fecha 06/04/10, suscrito por la Msc. Dessiree Rodríguez, adscrita al Equipo Técnico Multidisciplinario de Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, en el cual remite informe de seguimiento e informa: “…Sirva la presente para informarle que el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, asistió a su cita del día de hoy, acordándose una décima cita para el día 08/06/10.”
Consta al folio 25 de la segunda pieza de la causa PV11-D-2009-000044, oficio Nº 360, de fecha 08/06/10, suscrito por la Msc. Dessiree Rodríguez, adscrita al Equipo Técnico Multidisciplinario de Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, en el cual remite informe integral de seguimiento e informa:
Cronología del Caso:
19 de agosto de 2009, con la receptoría social.
8 de septiembre de 2009, charla de deberes y derechos durante una sanción.
29 de septiembre de 2009, charla para padres.
06 de octubre de 2009, entrevista psicologica.
15 de octubre de 2009, evaluación psicologica.
12 de noviembre de 2009, evaluación psicológica.
26 de enero de 2010, psicoterapia.
02 de marzo de 2010, psicoterapia.
06 de abril de 2010, psicoterapia y visita social.
Ahora bien, este Tribunal de Ejecución, observa que desde el día 10-07-09, fecha ésta en que el adolescente sancionado IDENTIDAD OMITIDA, comenzó el cumplimiento de la sanción de Libertad Asistida, a través del Equipo Técnico Multidisciplinario, hasta el día 08-06-2010, fecha esta de su última cita, donde recibió psicoterapia y visita social de parte del mencionado equipo, se evidencia que ha transcurrido el lapso de un (01) año y seis (06) días, por lo que este Tribunal al realizar el Cómputo del lapso cumplido, de la sanción de Libertad Asistida, prevista en el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, impuesta al adolescente sancionado IDENTIDAD OMITIDA, por el lapso de ocho (08) meses, determina que dicho adolescente dio cumplimiento a la misma, por lo que se declara cumplida la medida, ya que esta fue impuesta por el lapso de ocho (08) meses y en consecuencia se decreta el cese de la sanción de Libertad Asistida y se decreta la Libertad Plena del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, ello de conformidad a lo establecido en los artículos 645 y 647 literal h de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
DISPOSITIVA
Sobre la base de todo lo antes expuesto y conforme a lo establecido en los artículos 645 y 647 literal h de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara cumplida la medida de Libertad Asistida y en consecuencia decreta el Cese de la misma, por lo que se ordena la Libertad Plena del adolescente sancionado IDENTIDAD OMITIDA, venezolano, de 15 años de edad, fecha de nacimiento 28/10/1992, titular de la cedula de identidad N° 24.042.189, residenciado en El Barrio Las Colinas, calle principal, casa S/N, Ospino Estado Portuguesa .
Notifíquese, publíquese, diarícese y déjese copia.
Dictada, firmada y sellada en la sede de este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, Acarigua a los 16 días del mes de Junio de 2010.

Abg. CARMEN XIOMARA BELLERA
JUEZ DE EJECUCIÓN


Abg. JESUS GARCIA.
SECRETARIO





En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado. Conste.
Secretarío