REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 9 de Junio de 2010
AÑOS: 200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : PY11-P-2008-000002
ASUNTO : PY11-P-2008-000002
JUEZ: Abg. CARMEN XIOMARA BELLERA
SECRETARIO: Abg. JESUS GARCIA
FISCAL: Abg. MARIA GABRIELA MAGO
DEFENSORA: Abg. PATRICIA FIDHEL
SANCIONADO: IDENTIDAD OMITIDA
DECISION: CESE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 9 de Junio de 2010
AÑOS: 200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : PY11-P-2008-000002
ASUNTO : PY11-P-2008-000002
Revisadas como han sido las presentes actuaciones, de conformidad a lo establecido en los artículos 645 y 647 literal h de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas Adolescentes, el Adolescente legal IDENTIDAD OMITIDA; este Tribunal para decidir observa:
Riela desde el folio noventa y ocho (98) al folio ciento sesenta y uno (161), Acta de Audiencia Preliminar de fecha 22/05/2010, y desde el folio ciento sesenta y tres (163) al folio ciento setenta (170) decisión de fecha 22/05/2010, mediante la cual el Tribunal de Control Nº 01 de esta Sección de Responsabilidad del Adolescente, en virtud de la admisión de hechos hecha por el adolescente IDENTIDAD OMITIDA , sentenció al mencionado, de conformidad con lo establecido en el articulo 583 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a cumplir la sanción definitiva de Libertad Asistida establecida en el articulo 626 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el lapso de ocho (08) meses, por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, en perjuicio de la ciudadana ELENA DE LOS ÁNGELES REYES COLMENAREZ.
En fecha 16/06/2008, se dicto Auto Ejecutorio, el cual corre inserto desde el folio 176 al folio 178, ambos inclusive, de la causa PY11-P-2008-000002, en el cual se impuso al adolescente IDENTIDAD OMITIDA , de la sentencia condenatoria dictada en fecha 22/05/2008, por el Tribunal de Control N° 01 de esta Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, en el cual se ordeno cumplir al referido adolescente la Sanción Definitiva de LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de ocho (08) meses, conforme a lo previsto en el articulo 626 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Corre inserta desde el folio 02 al folio 03, ambos inclusive, de la pieza N° 02, de la causa PY11-P-2008-000002, acta de Imposición de Sanción de fecha 04/08/08, en la cual se impuso al adolescente IDENTIDAD OMITIDA , del cumplimiento de la sanción de Libertad Asistida, de conformidad a lo establecido en el articulo 626 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el lapso de ocho (08) meses, consistente en recibir orientaciones Psicoterapéuticas, ante el Equipo Técnico Multidisciplinario adscrito a este Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente.
Riela al folio seis (06) al folio siete (07) de la segunda pieza, de la causa PY11-P-2008-000002, seguida al adolescente IDENTIDAD OMITIDA , oficio Nº PP-544/08, de fecha 25/08/08, suscrito por el Lic. Guillermo Laurentín Torres, adscrito al Equipo Técnico Multidisciplinario de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, en el cual informa: “…La presente tiene por finalidad notificarle que el adolescente IDENTIDAD OMITIDA , asistió por ante el Equipo Multidisciplinario a solicitar cita para iniciar el apoyo psicoterapéutico ordenado para él y se le otorgó la misma para el día 04/12/08…”
Riela al folio quince (15) y al folio dieciséis (16) de la segunda pieza, de la causa PY11-P-2008-000002, seguida al adolescente IDENTIDAD OMITIDA , oficio Nº PP-457/09, de fecha 22/06/09, suscrito por el Lic. Guillermo Laurentín Torres, adscrito al Equipo Técnico Multidisciplinario de Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, en el cual informa: “…La presente tiene por finalidad notificarle que el adolescente IDENTIDAD OMITIDA , NO asistió a su cita el día 04/12/2008, situación que no ha variado hasta la fecha…”
En fecha 28/07/2010, tal y como costa del acta levantada con motivo de la celebración de audiencia oral y privada de control de cumplimiento, la cual corre inserta desde el folio 28 al folio 30, y decisión la cual corre inserta desde el folio 32 al folio 36 de la pieza N° 02, de la causa PY11-P-2008-000002, en el cual se le ordeno al adolescente IDENTIDAD OMITIDA , mantener el cumplimiento de la Medida de de Libertad Asistida de conformidad con lo establecido en el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia se ordenó al adolescente antes mencionado, acudir a todas las citas de orientaciones Psicopedagógicas de manera inmediata, las cuales iniciaran el día 11/08/09, ordenándose oficiar de manera inmediata ante el Equipo Técnico Multidisciplinario adscrito a este Sistema Penal de Responsabilidad el Adolescente, con el objeto de informarle sobre el reinicio de las Orientaciones Psicologotas por parte del mencionado adolescente.
Consta al folio 39 de la pieza N° 02 de la causa N° PY11-P-2008-00002, oficio Nº 021 de fecha 11/08/09, suscrito por la Msc. Dessiree Rodríguez Sandrea, Psicólogo Clínico, Coordinación del Equipo Multidisciplinario adscrito a este Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, en el cual informa: “…Ante todo reciba un cordial y fraternal saludo, sírvase la presente para informarle que el adolescente IDENTIDAD OMITIDA , titular de la cedula de identidad C.I. 22.104.659, de la causa PY11-P-2008-000002. Asistió el día de hoy en horas de la mañana a la oficina del Equipo Multidisciplinario, realizándose la entrevista de receptoria de caso por la TSU Maritza Pérez. Mostrando en dicha entrevista una actitud atenta y colaboradora. Acordándose además una segunda cita para el día 8 de septiembre de 2009, en horas de la tarde para participar en la Charla de “Deberes y Derechos durante una Sanción”. Y su madre fue citada para el 24 de septiembre en horas de la tarde……”
Riela al folio 41 al folio 42 de la segunda pieza, de la causa PY11-P-2008-000002, seguida al adolescente IDENTIDAD OMITIDA , oficio Nº PP-580/09, de fecha 27/07/2009, suscrito por el Lic. Guillermo Laurentín Torres, adscrito al Equipo Técnico Multidisciplinario de Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, en el cual informa: “…La presente tiene por finalidad notificarle que el adolescente IDENTIDAD OMITIDA , asistió a solicitar cita para iniciar el apoyo psicoterapéutico ordenado para él y se le otorgo la misma para el día 11/08/09 con el nuevo Equipo Multidisciplinario adscrito al Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente…”
Consta al folio 44 de la pieza N° 02 de la causa N° PY11-P-2008-00002, oficio Nº 124 de fecha 08/09/2010, suscrito por la Msc. Dessiree Rodríguez Sandrea, Psicólogo Clínico, Coordinación del Equipo Multidisciplinario adscrito a este Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, en el cual informa: “…Ante todo reciba un cordial y fraternal saludo, sírvase la presente para informarle que el adolescente IDENTIDAD OMITIDA , titular de la cedula de identidad C.I. 22.104.659, de la causa PY11-P-2008-000002. Asistió el día de hoy en horas de la tarde para participar en la Charla de “Deberes y Derechos durante una Sanción”. Mostrando una actitud participativa y atenta, además realizo el manuscrito de las pautas de comportamiento para el proceder durante su sanción de libertad asistida……”
Consta al folio 52 de la pieza N° 02 de la causa N° PY11-P-2008-00002, oficio Nº 460 de fecha 29/10/2009, suscrito por la Msc. Dessiree Rodríguez Sandrea, Psicólogo Clínico, Coordinación del Equipo Multidisciplinario adscrito a este Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, en el cual informa: “…Ante todo reciba un cordial y fraternal saludo, sírvase la presente para informarle que el adolescente IDENTIDAD OMITIDA , de la causa PY11-P-2008-000002. Asistió el día de hoy. Durante la cual la Msc. Dessiree Rodríguez le realizo la entrevista psicológica preliminar y le aplico la prueba proyectiva, para asi realizar el plan individual para la SEGUIMIENTO PSICO-SOCIAL durante la sanción de Libertad Asistida que el Tribunal impusiera. Acordándose una Quinta cita para el día Jueves 19/11/09 en horas de la mañana ……”
Consta al folio 54 de la pieza N° 02 de la causa N° PY11-P-2008-00002, oficio Nº 512 de fecha 19/11/2009, suscrito por la Msc. Dessiree Rodríguez Sandrea, Psicólogo Clínico, Coordinación del Equipo Multidisciplinario adscrito a este Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, en el cual informa: “…Ante todo reciba un cordial y fraternal saludo, sírvase la presente para informarle que el adolescente IDENTIDAD OMITIDA , de la causa PY11-P-2008-000002. Asistió el día de hoy. Durante la cual la Msc. Dessiree Rodríguez le aplico el inventario de personalidad, para asi realizar el plan individual para la SEGUIMIENTO PSICO-SOCIAL durante la sanción de Libertad Asistida que el Tribunal impusiera. Acordándose una Quinta cita para el día 10/12/09 en horas de la mañana ……”
Consta al folio 58 de la pieza N° 02 de la causa N° PY11-P-2008-00002, oficio Nº 681 de fecha 10/12/2009, suscrito por la Msc. Dessiree Rodríguez Sandrea, Psicólogo Clínico, Coordinación del Equipo Multidisciplinario adscrito a este Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, en el cual informa: “…Ante todo reciba un cordial y fraternal saludo, sírvase la presente para informarle que el adolescente IDENTIDAD OMITIDA , de la causa PY11-P-2008-000002. Asistió el día de hoy. Durante la cual la Msc. Dessiree Rodríguez le aplico el inventario afrontamiento en situaciones problemáticas, inteligencia y pruebas proyectivas, para asi realizar el plan individual para la SEGUIMIENTO PSICO-SOCIAL durante la sanción de Libertad Asistida que el Tribunal impusiera. Acordándose una Séptima cita para el día Martes 23 de febrero 2010 en horas de la mañana ……”
Consta al folio 60 de la pieza N° 02 de la causa N° PY11-P-2008-00002, oficio Nº 316 de fecha 23/02/2010, suscrito por la Msc. Dessiree Rodríguez Sandrea, Psicólogo Clínico, Coordinación del Equipo Multidisciplinario adscrito a este Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, en el cual informa: “…Ante todo reciba un cordial y fraternal saludo, sírvase la presente para informarle que el adolescente IDENTIDAD OMITIDA , de la causa PY11-P-2008-000002. Asistió el día de hoy. Durante la cual la Msc. Dessiree Rodríguez inicio el proceso psicoterapéutico para el SEGUIMIENTO PSICO-SOCIAL durante la sanción de Libertad Asistida que el Tribunal impusiera. Acordándose una Octava cita para el día 16/03/2010 en horas de la mañana…”
Consta al folio 62 de la pieza N° 02 de la causa N° PY11-P-2008-00002, oficio Nº 345 de fecha 16/03/2010 suscrito por la Msc. Dessiree Rodríguez Sandrea, Psicólogo Clínico, Coordinación del Equipo Multidisciplinario adscrito a este Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, en el cual informa: “…Ante todo reciba un cordial y fraternal saludo, sírvase la presente para informarle que el adolescente IDENTIDAD OMITIDA , de la causa PY11-P-2008-000002. Asistió el día de hoy. Durante la cual la Msc. Dessiree Rodríguez inicio el proceso psicoterapéutico para el SEGUIMIENTO PSICO-SOCIAL durante la sanción de Libertad Asistida que el Tribunal impusiera. Acordándose una Octava cita para el día 18/05/2010 en horas de la mañana……”
Consta al folio 64 de la pieza N° 02 de la causa N° PY11-P-2008-00002, oficio Nº 404 de fecha 18/05/2010 suscrito por la Msc. Dessiree Rodríguez Sandrea, Psicólogo Clínico, Coordinación del Equipo Multidisciplinario adscrito a este Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, en el cual informa: “…Ante todo reciba un cordial y fraternal saludo, sírvase la presente para informarle que el adolescente IDENTIDAD OMITIDA , de la causa PY11-P-2008-000002. Asistió el día de hoy. Durante la cual la Msc. Dessiree Rodríguez inicio el proceso psicoterapéutico para el SEGUIMIENTO PSICO-SOCIAL durante la sanción de Libertad Asistida que el Tribunal impusiera. Se acordó entrevista con los familiares para visita domiciliaria. El adolescente cumplió con el lapso de la Medida Impuesta ……”
Ahora bien, este Tribunal de Ejecución al constatar de todo lo antes señalado, que el adolescente legal IDENTIDAD OMITIDA ha cumplido en el término de ocho (08) meses, establecido como lapso para el cumplimiento de la sanción de Libertad Asistida, determina que dicho adolescente ha sido dotado de herramientas necesarias para su formación integral, para su desempeño como ciudadano que ha concientizado el valor hacia el respeto, por los derechos de las demás personas y los suyos propios, así como el valor de convivir en armonía tanto con su familia como con la sociedad, por lo que en consecuencia se declara cumplida la sanción de Libertad Asistida, que le fuere impuesta al adolescente legal IDENTIDAD OMITIDA , en virtud de la sentencia condenatoria dictada, previa Admisión de los Hechos, por el Tribunal de Control N°01 de este Sistema Penal, por el lapso de ocho (08) meses .Y así se decide.
DISPOSITIVA
Sobre la base de todo lo antes expuesto y conforme a lo establecido en los artículos 645 y 647 literal “h” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños. Niñas y Adolescentes, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara Cumplida la medida de Libertad Asistida por parte del adolescente IDENTIDAD OMITIDA , antes identificado, y en consecuencia decreta el CESE de dicha medida.
Notifíquese, publíquese, diarícese y déjese copia.
Dictada, firmada y sellada en la sede de este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, a los nueve (09) días del mes de Junio de 2010.
Abg. CARMEN BELLERA F.
JUEZ DE EJECUCIÓN
Abg. JESUS GARCIA
SECRETARIO
Seguidamente se cumplió con lo ordenado en auto. Conste
Scret.
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