JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS AGUA BLANCA Y SAN RAFAEL DE ONOTO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.
Agua Blanca, 01 de Junio del Año 2.010
200° y 151°
SOLICITUD Nº 66-2010
Vista la anterior solicitud, mediante la cual la Ciudadana: GLORIA ANTONIA VALERA ROMERO, venezolana, mayores de edad, titular de la cédula de identidad Número V- 7.534.710, con domicilio en el Municipio San Rafael de Onoto del Estado Portuguesa, solicitan que las anteriores diligencias sean declaradas bastantes para asegurar el derecho a la propiedad que alega, sobre las bienhechurias a que se refieren. Y por cuanto de las declaraciones rendidas por los Ciudadanos: IVAN EUSEBIO GONZALEZ TIRADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 3.237.653, y la ciudadana: ELSI NOHEMI GUEDEZ MORENO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V- 11.962.211, se constata que la Ciudadana: GLORIA ANTONIA VALERA ROMERO, construyo sobre un lote de terreno ejido propiedad del municipio San Rafael de Onoto, Ubicado en el Sector Trina de Moreno, casa sin número, el cual cuenta con un área de aproximadamente, CUATROCIENTOS VEINTIDOS METROS CUADRADOS CON SETECIENTOS TREINTA Y TRES CENTIMETROS CUADRADOS (422,733 Mts 2), ubicado en el Sector Trina de Moreno, casa sin número del municipio San Rafael de Onoto del estado Portuguesa, alinderado de la siguiente manera; NORTE: Avenida 01, que es su frente, SUR: Casa y solar de Vitdalia Yaris; ESTE: Casa y solar de Efraín Vilora y OESTE: Casa y solar de Josefa Torrez,; Ha fomentado unas bienhechurias consistentes en casa de habitación, que consta de Tres (03) habitaciones, cinco (05) ventanas, tres (03) puertas, una (01) sala-comedor-cocina, piso de cemento pulido, paredes de bloques frisados, techo de acerolit, con un área de construcción de NOVENTA METROS CUADRADOS (90 mts2), invirtiendo en la construcción la cantidad de VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 20.000,oo), equivalente a 13.000 UT.
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