JUZGADO DEL MUNICIPIO MONSEÑOR JOSE VICENTE DE UNDA
DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.
CHABASQUEN: 09 DE JUNIO 2010
AÑOS: 200° Y 151°
EXP N°: 616/2010 OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN.
Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: MARIZOL DEL CARMEN MONTILLA GRATEROL Y BENARDINO ANTONIO MALVACIA ANDRADE, en beneficio de sus hijos: X, X y X, donde ambas partes acordaron. La cantidad de DOSCIENTOS DIEZ BOLIVARES (BS 210), quincenal para la obligación de manutención de sus hijos, es decir CUATROCIENTOS VEINTE BOLIVARES (Bs 420) mensual, que los mismos serán descontados directamente por nomina, y depositado en una cuenta que aperture el tribunal en el Banco Provincial de Chabasquen a nombre de sus hijos, a partir del mes de Junio del presente año en curso, en el mes de Diciembre por concepto de estrenos, el padre de los de los adolescentes le hará entrega a la madre la cantidad de MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.200) para cada uno y ella le otorgara un recibo para consignarlo en el expediente respectivo, de la misma manera se comprometió con el 50% de los gastos médicos, medicinas, útiles escolares y uniformes
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