REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA


PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 1 de junio de 2010
200º y 151º

ASUNTO: PP01-S-2010-000332

Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos ANA ELIZABETH ALVARADO VELAZQUEZ y JORGE RAFAEL TOLOSA SILVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad nos: 17.617.951 y 12.646.699 respectivamente, asistidos por la Defensora Publica Segunda BELANGEL LECLAIR CAMACHO LUCENA con Competencia en materia de Protección del Niño niña y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, sobre el establecimiento de Régimen de Convivencia Familiar, del padre en beneficio de sus hijos los niños .......... de (08) y (04) años de edad respectivamente, el cual quedó fijado de la siguiente manera: El padre buscará a sus hijos en el hogar de la madre, cada ocho (08) días, los viernes en horas de la tarde y los entregará los domingos en horas del mediodía 12:00 p.m.; el padre y la madre convienen que en lo que respecta a los días feriados, vacaciones y asuetos decembrinos se acuerda la alternabilidad de las fechas importantes 24 y 31 de diciembre; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de los niños, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.
DIOS Y FEDERACION,
La Jueza Temporal,


Abg. Lenny Coromoto Márquez Suárez.

El Secretario.

Abg. Alfredo Oropeza Saavedra.
J Márquez.///.