REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Circuito Judicial Civil de Guanare
Guanare, 3 de junio de 2010
200º y 151º
ASUNTO : PP01-V-2010-000325
Vista la conciliación celebrada por ante la Defensoría Pública de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, entre los ciudadanos SANTANA GUTIÉRREZ y NELLY ANDREINA ARAUJO DELGADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 11.398.758 y 19.739.724, respectivamente, sobre la FIJACIÓN DEL ACUERDO DE CUSTODIA en beneficio de la niña ............, de 10 meses de nacida, donde el padre manifiesta estarla ejerciendo desde que la niña tenía dos (02) meses de nacida hasta la actualidad, visto que la madre es Funcionaria Militar en ejercicio activo y tiene que estarse trasladando constantemente de un lugar a otro; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de la niña en cuestión, este Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.
La Juez Temporal,
Abg. Lenny Coromoto Márquez Suárez
La Secretaria,
Abg. Andreina Marrelli Palencia
LCMS/amp/Clarisel m.-