REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO GTUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Guanare, veinticuatro (24) de marzo de dos mil diez
199° y 151°
DEMANDANTE: MARITZA MERCEDES OBERTO ESTEVES (actuando en su propio nombre y en representación de la ciudadana TANIA XIOMARA OBERTO ESTEVES)
DEMANDADO: JOSE MACHADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de
de la cédula de identidad N° 12.895.722, de este domicilio.
MOTIVO: DESALOJO DE INMUENBLE
TERMINADO POR: TRANSACCION.
EXP. N° 2191.
Vistas y revisadas las actas que conforman el presente expediente, identificado con el N° 2191, en el juicio que por DESALOJO DE INMUEBLE, sigue por ante este Tribunal la ciudadana MARITZA MERCEDES OBERTO ESTEVES, actuando en su propio nombre y en representación de la ciudadana TANIA XIOMARA OBERTO ESTEVES, titulares de la cédula de identidad Nros.5.129.969 y 8.054.863, respectivamente contra el ciudadano JOSE MACHADO, titular de la cédula de identidad N° 12.895.722, en especial el escrito suscrito por las partes mediante la cual convinieron en celebrar transacción que se regirá por las cláusulas convenidas entre ellas y solicitaron el archivo del expediente y se homologue el presente procedimiento.
Este Tribunal para resolver observa:
Se evidencia de autos que existe un juicio seguido por la MARITZA MERCEDES OBERTO ESTEVES, actuando en su propio nombre y en representación de la ciudadana TANIA SIOMARA OBERTO ESTEVES, titulares de la cédula de identidad Nros.5.129.969 y 8.054.863, respectivamente, plenamente identificada supra, de igual forma se observa la transacción celebrada entre las partes, en tal sentido quien aquí decide en fiel acatamiento a la disposición legal contenida en el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil y por cuanto considera lleno los extremos de la Ley para homologar la respectiva Transacción es que se procede en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley a HOMOLOGAR la TRANSACCION, en la presente causa en la forma como ha sido planteada. Se ordena el archivo del expediente. Así se decide.
La Jueza
Abg. María Elena Briceño Bayona
La Secretaria
Abg. Magaly Pérez
Seguidamente se cumplió lo ordenado en el auto anterior. Conste.
Exp. N° 2191.
Violeta.
|