Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: ROGER ANTONIO PEÑA ARROYO y MARÍA ANDREINA BETANCOURT HIDALGO, titulares de las cédulas de identidad Nros. 16.805.608 y 18.251.686, respectivamente, en beneficio de su hijo: xx. Seguidamente el ciudadano: Roger Antonio Peña Arroyo, ofreció aumentarle la Obligación de manutención en la cantidad de doscientos cincuenta bolívares (Bs. 250,oo) mensualmente y el doble en los meses de agosto y diciembre de cada año, mas el 50% de los gastos de medicamentos en caso de enfermedad