En horas de Despacho del día de ocho (08) de marzo de 2010, siendo las 9:00 am, se trasladó y constituyó este Juzgado Ejecutor de Medidas en la Unidad de vivienda La Fundación Mendoza, calle 16, con avenida 9, No Q-6, de la ciudad de Acarigua, Estado Portuguesa, para los efectos de practicar la Entrega Material del inmueble y Embargo Ejecutivo, tal como lo establece el despacho de comisión No 992/2009, del Juzgado Segundo del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en el juicio que por Desalojo de Inmueble, sigue la ciudadana Sol María Mussett Liscano, contra el ciudadano Reinaldo Aníbal Campo. Seguidamente el Tribunal previa notificación procede a nombrar como Perito Alonso Chirinos, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 4.609.209, quien estando presente expone: “Acepto el cargo y juro cumplir bien y fielmente los deberes inherentes al mismo”. Así mismo manifestó que sus honorarios ascienden a la cantidad de noventa bolívares (Bs. 90, oo), cada hora. Seguidamente el Tribunal previa notificación nombra a la Representante Legal de la Depositaria Judicial Portuguesa C. A, ciudadana Restituta del Carmen Mena, mayor de edad, Venezolana, titular de la cédula de Identidad No 4.244.833, como Depositaria Judicial, quien estando presente expone: “Acepto el cargo y juro cumplir bien y fielmente los deberes inherentes al mismo”. Seguidamente el Tribunal una vez constituido y acompañado del apoderado actor Manuel Alfonso Virgüez, Guaita, inscrito en el inpreabogado No 32.485, procede hacer los tres toques de ley correspondientes no acudiendo nadie al llamado de la autoridad por lo que el apoderado actor permitió el acceso al Tribunal. Seguidamente el Tribunal deja constancia que tuvo acceso al inmueble y que el mismo se encuentra libre de bienes y personas. En consecuencia este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:”La Entrega Material del inmueble constituido por una Unidad de vivienda La Fundación Mendoza, calle 16, con avenida 9, No Q-6, de la ciudad de Acarigua, Estado Portuguesa, libre de bienes y personas al apoderado actor Abg. Manuel Alfonso Virguez Bustillos, ya identificado, quien estando presente expone: “Recibo conforme el inmueble constituido por una Unidad de vivienda La Fundación Mendoza, calle 16, con avenida 9, No Q-6, de la ciudad de Acarigua, Estado Portuguesa, libre de bienes y persona y en este mismo acto solicita al Tribunal deje abierta la medida de embargo Ejecutivo para embargar bienes del demandado en otra oportunidad por cuanto donde nos constituimos no existe del demandado para embargar, es todo”. Seguidamente el Tribunal lo acuerda de conformidad deja la medida de embargo ejecutivo abierta para embargar bienes del demandado en otra oportunidad. Es todo. El Tribunal deja la presente medida abierta da por cumplida su misión y resuelve volver a su sede siendo las 10:10 am. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza;
Abg. Ana Dolores Monagas Carrillo

El Apoderado actor
Abg. Manuel Virguez Bustillos.

El Perito;
Alonso Chirinos.

La Depositaria Judicial;
Restituta del Carmen Mena.

La Secretaria;
Abg. Maria E, Cardozo S.