PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 23 de Marzo de 2010
199º y 151º

ASUNTO: PP01-S-2010-000184

Vista la conciliación celebrada en fecha 17-03-2010 entre los ciudadanos VICTOR ALFONSO LÓPEZ SÁNCHEZ y YOLIMAR MEJÍA FERNÁNDEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros 19.187.059 y 19.186.976, respectivamente, por ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público con competencia en Materia de Protección al Niño, Niña, Adolescente y la Familia del Primer Circuito del estado Portuguesa, sobre el RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR en beneficio del niño ......................................, de cuatro (04) años de edad, mediante el cual el padre compartir con su hijo, una vez a la semana el día que tenga libre, buscándolo desde la mañana y regresándolo a las 6:00 p.m. el padre y la madre convienen que en vacaciones de semana santa, carnavales, semanas del 24 y 31 de diciembre serán alternos entre el padre y la madre; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos del niño, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.

La Jueza,


Abg. Pastora Peña Garcías
La Secretaria Temporal,


Abg. Mabel Mejías Andueza
PPG/mma/ma alej. -