REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN








REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD Nº 2
Guanare, 26 de Mayo de 2010
Años: 199° y 151°

Visto el Oficio Nº 2776 de 19 de Mayo de 2010 mediante el cual la Ciudadana Juez de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad Nº 1 de este Circuito Judicial Penal informa a este Despacho Judicial que en ése cursa una causa penal contra el ciudadano WARNER JOSÉ HERNÁNDEZ OLLÁRVEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.006.237, inventariada con el Nº 2EC-245-09, a la cual se le dio entrada en fecha 17 de Septiembre de 2009, y por cuanto se observa que contra el mismo ciudadano cursa por ante este Tribunal la presente causa, ingresada en fecha 13 de Octubre de 2009, estima quien decide que resulta de obligada consideración el principio establecido en el segundo caso del encabezamiento del artículo 73 del Código Orgánico Procesal Penal, referido a la UNIDAD DEL PROCESO, según el cual CONTRA UN IMPUTADO O IMPUTADA NO SE SEGUIRÁN DIFERENTES PROCESOS, AUNQUE HAYAN COMETIDO DIFERENTES DELITOS O FALTAS.

Con base en este principio rector, es por lo que este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad Nº 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 77 ejusdem, RESUELVE:

ÚNICO: Declina el conocimiento de la presente causa, en la cual cumple funciones de VIGILANCIA Y CONTROL de acuerdo al artículo 481 ibidem, en el cumplimiento de la pena de DIEZ AÑOS Y SEIS MESES DE PRISIÓN a la cual fue condenado el ciudadano WARNER JOSÉ HERNÁNDEZ OLLÁRVEZ por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón en fecha 19 de Marzo de 2007 por los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN y LESIONES PERSONALES GRAVES, previstos y sancionados respectivamente en los artículos 458, 80 y 415, todos del Código Penal, hecho cometido en perjuicio del ciudadano LUIS NAPOLEÓN IRAOLA MANAURE, en el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad Nº 1 de este mismo Circuito Judicial Penal, por cuanto la fecha de ingreso de la causa cursante ante ese Tribunal de acuerdo a lo informado en el Oficio mencionado ut supra, es anterior al ingreso de la presente causa.

Déjese copia de la presente decisión para el Archivo del Tribunal. Notifíquese a las partes. Remítase la presente causa al Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad Nº 1 de este mismo Circuito Judicial Penal. Particípese al Tribunal de la causa, Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad Nº 1 del Estado Falcón (Extensión Coro), así como también al Director del Centro Penitenciario de Los Llanos Occidentales.
EL JUEZ (fdo) Abg. Elizabeth Rubiano Hernández. EL SECRETARIO (fdo) Abg. . Elys Aldana Toro (Hay el Sello del Tribunal).
EL SUSCRITO, ABG. . Elys Aldana Toro, SECRETARIO ADSCRITO AL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, CERTIFICA LA EXACTITUD DE LA ANTERIOR COPIA, POR SER FIEL TRASLADO DE SU ORIGINAL QUE CORRE INSERTO EN EL EXPEDIENTE PENAL N° 2EC-330-09 CONTRA WARNER JOSÉ HERNÁNDEZ OLLÁRVEZ POR ROBO AGRAVADO Y LESIONES. Guanare, 24 de Mayo de 2010.
EL SECRETARIO,


Abg. . Elys Aldana Toro