REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 19 de mayo de 2010
AÑOS: 200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : PV11-D-2009-000052
ASUNTO : PV11-D-2009-000052


JUEZ: NIORKIZ AGUIRRE BARRIOS
SECRETARIA: ALBA MILAGRO VIVAS
DEFENSORA: ABG. SIRLEY BARRIOS
SANCIONADO: IDENTIDAD OMITIDA
VICTIMAS: ELIZABETH AGOSI
MANUEL JIMENEZ
RUBEN ZAMORA
DELITO: CONTRA LA PROPIEDAD
DECISION: CESE DE LA SANCION






REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua
Acarigua, 19 de mayo de 2010
AÑOS: 200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : PV11-D-2009-000052
ASUNTO : PV11-D-2009-000052

Revisadas como han sido las presentes actuaciones, conforme lo establecido en los artículos 646 y 647, literal “a” de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes, con el objeto de verificar la procedencia del cese de la medida impuesta al Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, de Araure Estado Portuguesa, este Tribunal de Ejecución, observa:

En fecha 03/04/2009, tal como consta del Acta de la Audiencia Preliminar, y de la Decisión de admisión de Hechos, las cuales corren insertas desde los folios 18 al 44, ambos inclusive, de la pieza N° 02 de la causa N° PV11-D-2009-000052, el cual el Tribunal de Control Nº 01 de este Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, , CONDENÓ al adolescente IDENTIDAD OMITIDA por la comisión de uno de los delitos contra la propiedad, específicamente, Robo agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, cometido en perjuicio de los ciudadanos ELIZABETH EMA AGOUSI DE RAMIREZ, RUBEN DARIO ZAMORA Y MANUEL ANTONIO JIMENEZ GRATEROL, ampliamente identificados a cumplir la sanción de libertad asistida por el lapso de 8 meses.

En fecha 30/04/2010, este Tribunal de Ejecución, dicto auto ejecutorio de la sentencia dictada por el Tribunal de Control N° 01 de esta Sección Penal de Responsabilidad del Adolescentes, de conformidad a lo previsto en el Artículo 646 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, tal como consta desde el folio 58 al folio 61, ambos inclusive.

Riela desde el folio 108 al folio 110, ambos inclusive, de la pieza N° 02, de la causa N° PV11-D-2009-000052, acta de Imposición de Sanción, en la cual se impuso al sancionado IDENTIDAD OMITIDA, del cumplimiento de la sanción de Libertad Asistida, de conformidad a lo establecido en el articulo 626 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, consistente en recibir orientaciones ante el equipo Técnico Multidisciplinario adscrito a este Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, a cumplir por el lapso de 08 meses.

Consta al folio 114 de la primera segunda pieza, de la causa PV11-D-2009-000052, oficio Nº PP-469/09, de fecha 29/06/09, suscrito por el Lic. Guillermo Laurentín Torres, adscrito al Equipo Técnico Multidisciplinario de Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, en el cual informa: “…La presente tiene por finalidad notificarle que el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, asistió a solicitar sita para iniciar el apoyo psicoterapéutico para él y se le otorgo la misma para el día 02/11/09…”

Consta al folio 127 de la segunda pieza, de la causa PV11-D-2009-000052, oficio Nº 028, de fecha 29/06/09, suscrito por la Msc. Dessiree Rodríguez Sandrea, Psicólogo Clínico, Coordinación del Equipo Multidisciplinario, en el cual informa “…Ante todo reciba un cordial y fraternal saludo, sírvase la presente para informarle que el IDENTIDAD OMITIDA, , de la causa PV11-D-2009-000052. Asistió el día de hoy en horas de la mañana a la oficina del Equipo Multidisciplinario, realizándose la entrevista de receptoria de caso por la TSU Maritza Pérez. Mostrando en dicha entrevista una actitud atenta y receptiva. Acordándose además una segunda cita para el día 25 de agosto de 2009, en horas de la tarde para participar en la Charla de “Deberes y Derechos durante una Sanción”. Y su madre y pareja fueron citadas para el 24 de septiembre en horas de la tarde……”

Consta al folio 130 de la segunda pieza, de la causa PV11-D-2009-000052, oficio Nº 077, de fecha 25/08/2009, suscrito por la Msc. Dessiree Rodríguez Sandrea, Psicólogo Clínico, Coordinación del Equipo Multidisciplinario, en el cual informa “…Ante todo reciba un cordial y fraternal saludo, sírvase la presente para informarle que el IDENTIDAD OMITIDA, , de la causa PV11-D-2009-000052. Asistió el día de hoy en horas de la tarde para participar en la Charla de “Deberes y Derechos durante una Sanción”. Mostrando una actitud participativa y atenta, además realizo el manuscrito de las pautas de comportamiento para el proceder durante su sanción de libertad asistida…”

Consta al folio 132 de la segunda pieza, de la causa PV11-D-2009-000052, oficio Nº 138, de fecha 10/09/09, suscrito por la Msc. Dessiree Rodríguez Sandrea, Psicólogo Clínico, Coordinación del Equipo Multidisciplinario, en el cual informa “…Ante todo reciba un cordial y fraternal saludo, sírvase la presente para informarle que el IDENTIDAD OMITIDA, titular de la cedula de identidad C.I., de la causa PV11-D-2009-000052. Asistió el día de hoy a su cita pautada para el seguimiento psicosocial durante la medida de libertad asistida. Respondiendo al inventario de personalidad MMPI A. Acordándose una nueva cita para el día martes 13 de octubre del presente año, en horas de la tarde …”

Consta al folio 134 de la segunda pieza, de la causa PV11-D-2009-000052, oficio Nº 215, de fecha 24/09/2009, suscrito por la Msc. Dessiree Rodríguez Sandrea, Psicólogo Clínico, Coordinación del Equipo Multidisciplinario, en el cual informa “…Ante todo reciba un cordial y fraternal saludo, sírvase la presente para informarle que el IDENTIDAD OMITIDA, de la causa PV11-D-2009-000052, IDENTIDAD OMITIDA y su pareja quien por ser adolescente se omite sus datos de identificación, asistieron el día de hoy en horas de la tarde a la oficina del Equipo Multidisciplinario, para participar en la Charla para padres. Manteniendo una actitud espontánea e interesada …”

Consta al folio 138 de la segunda pieza, de la causa PV11-D-2009-000052, oficio Nº 327, de fecha 13/10/09, suscrito por la Msc. Dessiree Rodríguez Sandrea, Psicólogo Clínico, Coordinación del Equipo Multidisciplinario, en el cual informa “…Ante todo reciba un cordial y fraternal saludo, sírvase la presente para informarle que el IDENTIDAD OMITIDA, Asistió el día de hoy en horas de la mañana a la oficina del Equipo Multidisciplinario, durante su sesión respondió a la escala de inteligencia, afrontamiento y proyectiva. Se acordó una quinta cita para el martes 17 de noviembre en horas de la mañana…”

Consta al folio 143 de la segunda pieza, de la causa PV11-D-2009-000052, oficio Nº 495, de fecha 17/11/2009, suscrito por la Msc. Dessiree Rodríguez Sandrea, Psicólogo Clínico, Coordinación del Equipo Multidisciplinario, en el cual informa “…Ante todo reciba un cordial y fraternal saludo, sírvase la presente para informarle que el IDENTIDAD OMITIDA, de la causa PV11-D-2009-000052. Asistió a su cita pautada el día de hoy. Durante la cual la Msc. Dessiree Rodríguez, inicio el proceso psicoterapéutico para el Seguimiento Psico-Social, durante la sanción de Libertad Asistida que el Tribunal impusiera. Acordándose una Sexta cita para el día jueves 28 de enero 2010 en horas de la mañana…”

Consta al folio 145 de la segunda pieza, de la causa PV11-D-2009-000052, oficio Nº 094, de fecha 28/01/2010, suscrito por la Msc. Dessiree Rodríguez Sandrea, Psicólogo Clínico, Coordinación del Equipo Multidisciplinario, en el cual informa “…Ante todo reciba un cordial y fraternal saludo, sírvase la presente para informarle que el IDENTIDAD OMITIDA, de la causa PV11-D-2009-000052. Asistió a su cita pautada el día de hoy. Durante la cual la Msc. Dessiree Rodríguez, inicio el proceso psicoterapéutico para el Seguimiento Psico-Social, durante la sanción de Libertad Asistida que el Tribunal impusiera. Acordándose una Sexta cita para el día 02 de marzo de 2010 en horas de la mañana…”

Consta al folio 149 de la segunda pieza, de la causa PV11-D-2009-000052, oficio Nº 270, de fecha 02/03/2010, suscrito por la Msc. Dessiree Rodríguez Sandrea, Psicólogo Clínico, Coordinación del Equipo Multidisciplinario, en el cual informa “…Ante todo reciba un cordial y fraternal saludo, sírvase la presente para informarle que el IDENTIDAD OMITIDA, de la causa PV11-D-2009-000052. Asistió a su cita pautada el día de hoy. Durante la cual la Msc. Dessiree Rodríguez, inicio el proceso psicoterapéutico para el Seguimiento Psico-Social, durante la sanción de Libertad Asistida que el Tribunal impusiera. Acordándose una Séptima cita para el día 23 de marzo 2010 en horas de la mañana……”

Consta al folio 151 de la segunda pieza, de la causa PV11-D-2009-000052, oficio Nº 361, de fecha 23 de marzo de 2010, suscrito por la Msc. Dessiree Rodríguez Sandrea, Psicólogo Clínico, Coordinación del Equipo Multidisciplinario, en el cual informa “…Ante todo reciba un cordial y fraternal saludo, sírvase la presente para informarle que el IDENTIDAD OMITIDA, de la causa PV11-D-2009-000052. Asistió a su cita pautada el día de hoy. Durante la cual la Msc. Dessiree Rodríguez, inicio el proceso psicoterapéutico para el Seguimiento Psico-Social, durante la sanción de Libertad Asistida que el Tribunal impusiera. Acordándose una Octava cita para el día 25 de marzo 2010 en horas de la mañana…”

Consta al folio 153 de la segunda pieza, de la causa PV11-D-2009-000052, oficio Nº 324, de fecha 11 de mayo de 2010, suscrito por la T.S.U Maritza Pérez, Aux. de Trabajo Social Coordinación del Equipo Multidisciplinario, en el cual informa “…Ante todo reciba un cordial y fraternal saludo, sírvase la presente para hacerle entrega del informe integral de IDENTIDAD OMITIDA, de la Causa PP11-D-2009-000052. El cual cuenta de ONCE folios firmados y sellados respectivamente…”, del cual se desprende, la recomendación del cese de la medida en razón del cumplimiento responsable a las citas pautadas.

Ahora bien, este Tribunal de Ejecución, al constatar de todo lo antes señalado que el término de ocho (08) meses establecido como lapso para el cumplimiento de la sanción se ha verificado, y que de igual forma el sancionado de autos ha cumplido durante el mencionado lapso con la obligación de acudir a las citas pautadas por el Equipo Técnico Multidisciplinario Adscrito a este Sistema Penal para recibir las debidas orientaciones para su formación integral, determina que dicho adolescente ha sido dotado de herramientas iniciales necesarias para su formación integral para su desempeño como ciudadano que ha internalizado y conscientizado el valor hacia el respeto por los derechos de las terceras personas y los suyos propios, así como el valor de convivir en armonía tanto con su familia como con la sociedad, y en consecuencia se declara cumplida la medida de libertad asistida por parte de la Adolescente IDENTIDAD OMITIDA. Y así se decide.

DISPOSITIVA

Sobre la base de todo lo antes expuesto y conforme a lo establecido en los artículos 645 y 647 literal “h” de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara el CESE de la medida de LIBERTAD ASISTIDA, impuesta al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, antes identificado, en consecuencia se decreta la Libertad Plena del mismo. Notifíquese, publíquese, diarícese y déjese copia.

Dictada, firmada y sellada en la sede de este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, a los 19 días de mayo de 2010.
LA JUEZ DE EJECUCION


ABG. NIORKIZ M AGUIRRE BARRIOS




ABG. ALBA MILAGRO VIVAS


SECRETARIA







Seguidamente se cumplió con lo ordenado en auto. Conste
Scret.