LA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
GUANARE
Guanare, 19 de Mayo de 2010.
Años: 200° y 151°
Tramitada como ha sido la presente Solicitud de Únicos y Universales Herederos, hecha por la ciudadana: MARÍA ESPERANZA VILLASMIL DE SOTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.724.170, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio LUIS ALBERTO HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.128.397, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 31.178, mediante el cual solicita se le declare a ella y a los ciudadanos, NORA YSABEL, LESBIA ESPERANZA, RAMÓN LAUDELINO, VÍCTOR RAFAEL, MARÍA EUGENIA, YAMAYRA COROMOTO, RAFAEL ÁNGEL, MARÍA VERÓNICA Y CLAUDIA DANIELA SOTO VILLASMIL, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 5.630.873, V- 5.633.602, V- 9.253.072, V- 9.379.377, V- 9.370.942, V- 9.373.917, V- 12.012.932, V- 16.329.082 y V- 16.329.083, respectivamente en sus condiciones de cónyuge e hijos, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante JOSÉ LAUDELINO SOTO SARMIENTO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V- 1.331.596, quien falleció sin testamento (ab-instestato), el día Siete de Diciembre del año Dos Mil Nueve, (07-12-2009), en esta ciudad de Guanare Estado Portuguesa. Y cumplido como fueron los extremos de Ley, se le dio entrada, tramitándose el procedimiento conforme a derecho, es decir, se ordenó la publicación de un Edicto para la comparecencia de alguna persona interesada en este procedimiento, constando en autos que cumplidos al requisito no compareció persona alguna, por lo que fijó oportunidad para la declaración de los testigos que presentara la parte interesada.
Consta en autos Copia Certificada del Acta de Matrimonio de los ciudadanos LAUDELINO SOTO con MARÍA ESPERANZA VILLASMIL, Copia Certificada del Acta de Defunción del Causante: JOSÉ LAUDELINO SOTO SARMIENTO. Copia Certificada de las partidas de Nacimientos de los ciudadanos: NORA YSABEL, LESBIA ESPERANZA, RAMÓN LAUDELINO, VÍCTOR RAFAEL, MARÍA EUGENIA, YAMAYRA COROMOTO, RAFAEL ÁNGEL, MARÍA VERÓNICA Y CLAUDIA DANIELA SOTO VILLASMIL. Copia simple de las cédulas de identidad de los ciudadanos: JOSÉ LAUDELINO SOTO SARMIENTO, MARÍA ESPERANZA VILLASMIL DE SOTO, NORA YSABEL, LESBIA ESPERANZA, RAMÓN LAUDELINO, VÍCTOR RAFAEL, MARÍA EUGENIA, YAMAYRA COROMOTO, RAFAEL ÁNGEL, MARÍA VERÓNICA Y CLAUDIA DANIELA SOTO VILLASMIL
En su oportunidad comparecieron por ante este Juzgado los ciudadanos: DIEGO NICOLÁS HURTADO DORANTE Y UBENCIO MORA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 3.534.079 y V-2.725.901, respectivamente, testigos promovidos por la parte interesada, evidenciándose con su declaración los hechos invocados en la Solicitud.
Por cuanto no ha habido Oposición este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarles a los ciudadanos: MARÍA ESPERANZA VILLASMIL DE SOTO, NORA YSABEL, LESBIA ESPERANZA, RAMÓN LAUDELINO, VÍCTOR RAFAEL, MARÍA EUGENIA, YAMAYRA COROMOTO, RAFAEL ÁNGEL, MARÍA VERÓNICA Y CLAUDIA DANIELA SOTO VILLASMIL del Causante: JOSÉ LAUDELINO SOTO SARMIENTO, vocación hereditaria que les viene conforme al Artículo anteriormente mencionado, en concordancia con los Artículos 822 y 823 del Código Civil, quedando a salvo los derechos de terceros. En cuanto a las Copias Certificadas solicitadas, se acuerdan en conformidad. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
La Juez,
Abg. Miriam Durand Sánchez.
El Secretario,
Abg. Johnny Gutiérrez.
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas.-Conste.
Srio.,
Solicitud N° 0555-10.- Yeni.-
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