Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: YONATHAN RICHARD AZUAJE ÁNGEL y YUSSI GUADALUPE VALERA VILLEGAS, titulares de las cédulas de identidad Nros. 14.835.883 y 16.647.236, respectivamente, en beneficio de su hijo: xx, Seguidamente el ciudadano: Yonathan Richard Azuaje Ángel, ofreció pasarle la Obligación de Manutención en la cantidad de trescientos cincuenta bolívares (Bs. 350,oo) mensuales y el doble de dicha cantidad en los meses de agosto y noviembre de cada ańo, para gastos de útiles escolares, uniformes y gastos decembrinos, dichas cantidades de dinero las depositará los 30 de cada mes, más el 50% de los gastos por medicamentos en caso de enfermedad