PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 12 de mayo de 2010
200º y 151º


ASUNTO: PP01-V-2010-000172

Vista la conciliación celebrada en fecha 20-04-2010 entre los ciudadanos NAISVELIS DEL CARMEN GUTIERREZ MONTILLA Y ELIEZER JOSÉ MONTILLA COLMENARES, titulares de las cédulas de identidad Nros 21.023.175 y 18.100.129, respectivamente, por ante este Tribunal de Protección al Niño, Niña y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, sobre el RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR en beneficio del niño......................................................., de años (03) años de edad, mediante el cual el padre compartirá con su hijo, desde los viernes por la tarde hasta el domingo por la tarde, que se lo buscará a la madre en su casa que es donde también lo buscará; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos del niño, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.


La Jueza,



Abg. Pastora Peña Garcías
La Secretaria,

Abg. Hirbeth Figuera de Henríquez
PPG/hfdh/more. -