PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 25 de mayo de 2010
200º y 151º


ASUNTO: PP01-S-2010-000309

Vista la conciliación celebrada en día de Hoy 25/05/2010 entre los ciudadanos ÁNGEL RAMÓN PÉREZ MENA PÉREZ Y EUCARY COROMOTO GUÉDEZ GONZÁLEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros 18.296.722. y 19.855.631, respectivamente, por ante la Unidad de Defensa Pública, sobre la FIJACIÓN RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR en beneficio de la niña .................................., de años (03) años de edad, mediante el cual el padre buscará a la niña los días lunes, miércoles y domingo en la casa de la abuela donde vive la niña en un taxi, desde la mañana hasta la tarde. Por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos del niño, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.


La Jueza,


Abg. Pastora Peña Garcías

La Secretaria Temporal,

Abg. Mabel Mejias Andueza
PPG/mma/more. -