PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 26 de mayo de 2010
200º y 151º
ASUNTO N° PP01-S-2010-000303
SOLICITANTE: GRACIELA DEL CARMEN PÉREZ LINARES
MOTIVO: AUTORIZACION JUDICIAL PARA COBRAR DINERO.
SENTENCIA: DEFINITIVA.
Vista la solicitud formulada por la ciudadana GRACIELA DEL CARMEN PÉREZ LINARES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-11.585.457, domiciliada en chabasquen Municipio Unda del estado Portuguesa, actuando en nombre y representación de su hijo, el adolescente .............................................., de catorce (14) años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 24.505.162, debidamente asistida por la abogada MARIA PATRICIA FALCON PIVA, domiciliada en el estado Barinas, inscrita en el I.P.S.A. Bajo el Nº 109.815, para que este Tribunal emita autorización judicial para cobro de dinero que le corresponde al adolescente, en razón de la muerte de su padre el ciudadano: LUIS ANTONIO GIL TORREALBA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.064.712, y vistos los recaudos producidos con la solicitud y siendo evidente que el adolescente antes mencionado tiene la cualidad que se le señala, este Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, haciendo uso de la facultad que le confiere el Artículo 177, parágrafo segundo literal “a” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y del Adolescente, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana GRACIELA DEL CARMEN PÉREZ LINARES, identificada anteriormente, para que gestione el cobro de dinero que le corresponda al adolescente .........................................por pensión de sobrevivientes y otros conceptos, pero la cuota parte que le corresponde al adolescente antes mencionado, debe ser consignada ante este Tribunal mediante cheques para ser depositados en una Cuenta de Ahorros. Se acuerda la apertura de Cuentas de Ahorros a nombre del adolescente ..............................................., cuando conste en auto los cheques emitidos a nombre del adolescente mencionado. Expídanse por Secretaria dos (2) copias certificadas de la decisión y entréguese a la parte interesada.
La Jueza,
Abg. Pastora Peña Garcías.
La Secretaria Temporal,
Abg. Mabel Mejías.
PPG/Abg. René B.
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