REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Laboral del estado Portuguesa sede Acarigua
Acarigua, 25 de mayo de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL: PP21-L-2009-000370
PARTE ACTORA: DAMIAN ANTONIO RODRIGUEZ TARIFE, MARIA MERCEDES ALVAREZ y YOHAN FAVIAN VARGAS ALVAREZ, titulares de la cédula de identidad Nº.10.136.469, 11.540.968 y 19.284.173, respectivamente
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: CARLOS CEDEÑO AZOCAR, NORELYS AGUIN DE CEDEÑO Y OSCAR CHAVEZ RIVIERA, titulares de la cedula de identidad nro. 8.067.620, 13.328.560 y 18.800.991 e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 56.364, 77.874 y 142.582, en su orden.
PARTE DEMANDADA: OLIVIA DE CORDERO, titular de la cédula de identidad Nº. 1.118.449.
TERCEROS LLAMADOS AL PROCESO: AURA GRACIELA CORDERO GAMBOA, GRACIELA CRISTINA CORDERO y LORENZO ANTONIO ALVAREZ, titulares de las cedulas de identidad Nª 8.659.668, 10.635.751 y 4.603.880
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA OLIVIA DE CORDERO: MARBELLIS ARIAS y JOSE ANTONIO GUEDEZ, titulares de la cédula de identidad Nº 8.843.733, 14.346.447 e inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº. 54.635, 109.642 en su orden.
APODERADA DE LOS TERCEROS: NORIS TAHAN, titular de la cédula de identidad Nº 5.956.261 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº. 26748.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA.
ACTA DE DESISTIMIENTO
En el día hábil de hoy, 25 de mayo de 2010, siendo las 10:00 am, oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar en el presente juicio y anunciada la misma de viva voz por el Alguacil de este Circuito Judicial Laboral JAVIER TORREALBA, guiándose por la hora del reloj de este Circuito Judicial del Trabajo, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora quien no compareció ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial. Igualmente se deja constancia de la comparecencia de la abogada MARBELLIS ARIAS en su condición de apoderada judicial de la demandada OLIVIA DE CORDERO, cualidad que se evidencia de autos. Igualmente comparece la abogada NORIS TAHAN en su condicion de apoderada judicial de los terceros llamados al proceso ciudadanos: AURA GRACIELA CORDERO GAMBOA, GRACIELA CRISTINA CORDERO y LORENZO ANTONIO ALVAREZ, cualidad que se evidencia de autos.
En atención a la incomparecencia del actor, este Juzgador forzosamente aplica las consecuencias establecidas en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, motivo por el cual debe considerarse DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y TERMINADO EL PROCESO.
En consecuencia, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, sede Acarigua, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Desistido el Procedimiento.
SEGUNDO: Terminado el Proceso.
Regístrese y Publíquese.
Dado, Firmado y sellado en la Sala de este despacho de este Tribunal, en Acarigua a los 25 días del mes de mayo del 2010.
EL JUEZ, LA SECRETARIA,
ABG. ANTONIO MARIA HERRERA MORA, ABG. NAYDALI JAIMES,
LOS PRESENTES
ABG. MARBELLAS ARIAS APODERADA DE LA DEMANDADA OLIVIA DE CORDERO
ABG. NORIS TAHAN APODERADA DE LOS TERCEROS LLAMADOS AL PROCESO CIUDADANOS AURA GRACIELA CORDERO GAMBOA, GRACIELA CRISTINA CORDERO y LORENZO ANTONIO ALVAREZ.
En esta misma fecha fue entregada copia certificada del acta a la demandada y publicada la sentencia en la página web www.tsj.regiones.gov.ve. Siendo las 11:30 am. Conste.
Scría
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