PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, doce de noviembre de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: PP01-L-2008-000152
PARTE DEMANDANTE: Ana Maritza Moreno Arangueren, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.050.866, en su carácter de madre y heredera del ciudadano Eduardo José Moreno, quien en vida fuere venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.959.881.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: Ricardo Gómez Scott, Ramsés Gómez Salazar y Cesar Enrique Castillo, inscritos en el Inpreabogado con los números 9.811, 91.010 y 30.456.
PARTE DEMANDADA: 1.- COMPAÑÍA ANÓNIMA ELECTRICIDAD DE OCCIDENTE (ELEOCCIDENTE), hoy fusionada con la COMPAÑÍA ANÓNIMA DE ADMINISTRACIÓN Y FOMENTO ELECTRICO (CADAFE); 2.- MULTISERVICIOS CONSTRU-AGRO C.A.; 3.- ASOCIACIÓN COOPERATIVA EL CHARAL 2006; y 4.- C.A. ELECTRIREDES.
REPRESENTANTE LEGAL DE LA DEMANDADA: De la primera, Juan José Rodriguez, Gerente de Zona Portuguesa; de la segunda Arnoldo Casamayor, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.257.493; de la tercera Eugenio Rafael Soto Juárez, titular de la Cédula de identidad números 7.549.132, Presidente; y de la cuarta Bricio José Guedez Ferrer, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.052.424.
APODERADOS JUDICIALES DE LA DEMANDADA: De la primera, Javier José Martínez Colmenarez, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nº 113.866; De la cuarta, Ines Mercedes Gonzalez Barazarte, debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nº 38.121;.
MOTIVO: Reclamación de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales e Indemnizaciones derivadas de Accidente de Trabajo.

Hoy, 12 de noviembre de 2010, siendo las 9:30 a.m, día y hora fijada para que tenga lugar el inicio de la audiencia preliminar en la presente causa, el Alguacil anunció el acto, verificando la presencia de los abogados Javier José Martínez Colmenarez, apoderado judicial de la codemandada COMPAÑÍA ANÓNIMA DE ADMINISTRACIÓN Y FOMENTO ELECTRICO (CADAFE); el ciudadano Bricio José Guedez Ferrer, representante legal de la codemandada C.A. ELECTRIREDES, y la apoderada judicial de ésta, abogada Inés Mercedes Gonzalez Barazarte, siendo que no se hace presente, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, la demandante, ciudadana Ana Maritza Moreno Arangueren, en su carácter de madre y heredera del ciudadano Eduardo José Moreno, por lo que es forzoso para esta sede judicial aplicar la consecuencia jurídica prevista en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, en consecuencia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Déjese transcurrir el lapso de ley para el ejercicio de los recursos correspondientes, y vencido el mismo sin que se hayan ejercido, archívese el presente expediente.
La Juez,

Abg. Carmen Luisa Iglesias Aguiar

LOS COMPARECIENTES:

Apoderado Judicial de la Codemandada CADAFE,

Abg. Javier José Martínez Colmenarez,

Representante legal de la Codemandada ELECTRIREDES,

Bricio José Guedez Ferrer,

Apoderada Judicial de la de la Codemandada ELECTRIREDES,

Abg. Inés Mercedes Gonzalez Barazarte

La Secretaria,


Abg. Ana Gabriela Colmenares