Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: JUANNIS SARIELSIS GÓMEZ y WILMER DARÍO ORELLANA, titulares de las cédulas de identidad Nros. 15.941.528 y 16.072.624, respectivamente, en beneficio de su hija: xx. Seguidamente el ciudadano: Wilmer Darío Orellana, estuvo de acuerdo en pasarle a su hija la cantidad de ciento cincuenta bolívares (Bs. 150,oo) mensuales a partir de este mes y dicha cantidad de dinero la consignará por este Tribunal los ultimo de cada mes y con respecto a los gastos en el mes de agosto se comprometió a comprarle los uniformes y también le comprará los estrenos del 24 de diciembre de cada año, asimismo cubrirá los gastos de medicamentos en caso de enfermedad;