JUZGADO DEL MUNICIPIO MONSEÑOR JOSE VICENTE DE UNDA
DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.-

CHABASQUÉN: 16 DE NOVIEMBRE DE 2010.
AÑOS: 200° Y 151°


EXP N°: 646/2010 REVISION DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN

Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: OMAR SEGUNDO MENDEZ MORAN y OLGA DEL CARMEN ORELLANA CASTILLO, en beneficio del niño: X, donde ambas partes acordaron como Obligación de Manutención la cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 200,oo) mensuales, y los cuales serán depositados en una cuenta bancaria que se aperture en el banco provincial a nombre del Niño, representado por la madre, dichos depósitos serán realizados a partir del día 30 de Noviembre del año en curso, y en cuanto a los gastos de Útiles y Uniformes escolares, medicamentos cuando lo amerite, estrenos en el mes de Diciembres serán compartidos, es decir en un 50% para cada uno