PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Guanare
Guanare, 11 de noviembre de 2010
200º y 151º
ASUNTO : PP01-J-2010-000327
Vista la conciliación celebrada por los ciudadanos VICMAEL DE JESUS TORO MONTILLA y DIANA KATIUSKA MEJIA, titulares de la Cedula de Identidad Nº 14.204.008 y 18.296.669 respectivamente, por ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público con competencia en materia de Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en fecha 10 de Noviembre del 2010, sobre la FIJACION DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN del ciudadano VICMAEL DE JESUS TORO MONTILLA, en beneficio de las niñas *** y ***, de Tres (03) y dos (02) años de edad respectivamente, la cual ha sido fijada en la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES MENSUALES (Bs. 500,00), que depositará Doscientos Cincuenta Bolívares (Bs. 250,00) los 15 y 30 de cada mes. El padre sufragará los gastos de vestuario, calzado y juguetes en el mes de Diciembre; por otro lado, ambos padres se comprometen a cancelar el 50% de los gastos por medicinas, atención médica, recreación y otros. Las referidas cantidades de dinero serán depositadas en una cuenta de ahorros que la madre se compromete aperturar para tal fin; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de las niñas en cuestión, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con el artículo 518 ejusdem. Se acuerda expedir copia del presente auto de homologación.
La Jueza,
Abg. Pastora Peña Garcías
La Secretaria,
Abg. Hirbeth de Henríquez.
Milangela p
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