PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Guanare
Guanare, 15 de noviembre de 2010
200º y 151º
ASUNTO : PP01-J-2010-000333

Visto el acuerdo celebrado entre los ciudadanos CARMEN ISABEL OROPEZA GUEVARA y OCTAVIO JOSE GOMEZ COLLADO, titulares de las Cedulas de Identidad Nº 18.670.955 y 14.204.437, respectivamente, por ante la Defensoría Pública Primera de protección del Niño, Niña y Adolescente en fecha 12 de Noviembre del 2010, sobre la CUSTODIA TEMPORAL del niño *****, de Cuatro (04) años de edad, el cuál se ha fijado de la siguiente manera: “El padre ejercerá la Custodia Temporal de su hijo el niño antes mencionado, a partir de la presente fecha, y por el lapso de Tres (03) meses, mientras la madre antes mencionada se estabilice en su nuevo lugar de trabajo en la ciudad de Puerto La Cruz”. Por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos del niño en cuestión, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con el artículo 518 ejusdem. Se acuerda expedir copia del presente auto de homologación.
La Jueza,


Abg. Pastora Peña García.


La Secretaria,


Abg. Hirbeth de Henríquez.
Milanyela p