el día de hoy, Primero (01) de Noviembre de 2010, siendo el día y hora fijada para la celebración del inicio de la Fase de Sustanciación de la Audiencia Preliminar, en el presente procedimiento, se anuncio el acto a las puertas del tribunal por el Coordinador de Alguacilazgo, ciudadano Jonas Ortiz, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 12.088.739, y se deja constancia que no se encuentran presentes ninguna de las partes ni por si ni por medio de apoderado. En consecuencia, y en fundamento a lo previsto en el Articulo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la no comparecencia de las partes a la audiencia preliminar de sustanciación se considera terminado el proceso.
En tal virtud, éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación con Competencia en Ejecución y Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia, en Nombre de la República y Por Autoridad de la Ley, DECLARA TERMINADO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO; de conformidad con el Artículo 477 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. Y Así se Declara.
Remítase al archivo judicial en su oportunidad legal.
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