REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control No. 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley dictamina lo siguiente:
1.- Declara flagrante la aprehensión del Imputado Nelson Ramón Linares Venegas, venezolano natural de Guanare Estado Portuguesa, de 31 año de edad, fecha de nacimiento 03-05-1979, de estado civil soltero, de profesión u oficio Recepcionista, residenciado en el caserío mesa de zorro, carretera vía Bocono, casa sin numero Biscucuy Municipio Sucre Estado Portuguesa, de conformidad con el Articulo 93 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
2.- Acoge la calificación Jurídica por el delito de Violencia física, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Lesbia del Carmen Alvarado Mogollón.
3- Se acuerda el procedimiento Especial de conformidad con lo previsto en el Artículo 94 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia y se le impone al imputado la medida de protección y seguridad contenida en el articulo 87 numeral 5 de la ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de de Violencia consiste en la prohibición de ejercer contra la misma actos de persecución, violencia física por si o por medio de terceras personas.
Por cuanto los anteriores pronunciamientos fueron emitidos en audiencia, téngase a las partes por notificadas. Regístrese, Diarícese, certifíquese y remítase en su oportunidad legal.
La Juez de Control Nº 1
Abg. Lisbeth Karina Díaz
La Secretaria,
Abg. Dora Patricia Quiroz