REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TUREN Y SANTA ROSALIA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TURÉN Y SANTA ROSALÍA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Villa Bruzual, 28 de octubre de 2010
200° y 151°

Vista la diligencia, suscrita por el ciudadano FREDDY RAMON JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, comerciante, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.320.051, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio HECTOR EDUARDO QUIROZ GIMENEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 80.344, el Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado.

En consecuencia, definitivamente firme como se encuentra la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 01 de julio de 2010, se ordena su ejecución de conformidad con lo establecido en los Artículos 475 y 507 numeral 1º del Código Civil Venezolano, remítase los respectivos oficios al Registro Civil del Municipio Turèn, Estado Portuguesa, al Registro Principal del Estado Portuguesa, y al Registro Principal del Estado Lara, anexándosele copias certificadas de la sentencia respectiva con inserción del presente auto, así mismo, se ordena a la Secretaria de este Despacho expedir tres (3) juegos de copias fotostáticas certificadas de la referida sentencia contentiva en los folios 14 al 17, todo con fundamento en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.-
Líbrense los oficios con las debidas inserciones.

La Jueza Suplente Especial,


Abg. TAMARI GUTIERREZ OCANTO
La Secretaria,


Abg. GLORIA S. BURGOS E.

En esta misma fecha, se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede. Conste: ___________________
(Secretaria)
Asunto; Nº 1136-2010
TGO/GSBE/atr.