REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO PÁEZ

SOLICITUD Nº1178-2010

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO PAEZ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.
Acarigua, 22 de Octubre de 2010.
Años: 200° y 151°
Vista la anterior solicitud, los recaudos acompañados y las declaraciones de los testigos BEAUJON CRESPO ALI JOSE Y CARMEN LEONOR ROMAN DE QUERO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. 8.658.520 y 3.868.564, respectivamente, apreciadas en todo su valor probatorio, este Tribunal dejando a salvo los derechos de terceros, de igual o mejor derecho y de conformidad con el Artículo 937 y 7 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones Título Supletorio suficiente que acredite a el ciudadano: VICTOR JOSE TORRELLAS NUÑEZ, venezolano, mayor de edad, viudo, titular de la cédula de identidad Nro. 824.782, y a sus hijos, VICTOR RAFAEL TORRELLAS CASTELLANOS, ANNELIESSE CORTEZA TORRELLAS CASTELLANOS, ANNERYS COROMOTO TORRELLAS CASTELLANOS, VICTOR JOSE TORRELLAS CASTELLANOS, ANNHYMARIET TORRELLAS CASTELLANOS Y ANABELL TORRELLAS CASTELLANOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad No. 7.506.679, 7.595.293, 9.838.022, 10.637.927, 11.850.685 y 7.514.936 respectivamente, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de los bienes dejados por la causante ALICIA MARGARITA CASTELLANOS DE TORRELLAS, titular de la cédula de identidad Nº 1.349.932, fallecida ab- intestato el día 12 de Junio de 2010, quien era su Esposa y madre de sus hijos. Devuélvase original de las presentes actuaciones a los interesados a los fines legales consiguientes, previa su anotación de todo lo actuado en el Libro Diario de este Tribunal. Expídase por Secretaría copias fotostáticas certificadas de todas estas actuaciones. Para la obtención de los fotostátos se autoriza a la Secretaria del Tribunal, quien firmará conforme al Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.
La Juez,


Abg. ARACELIS AGUILLÓN MEZA
La secretaria,

Abg. Melania Escalona Suárez
AAM/mp.-