Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: MARIA FELICIANA HERNANDEZ y MARCOS ANTONIO HERNANDEZ ROSARIO, titulares de las cédulas de identidad Nºs. 15.799.220 y 10.057.173, respectivamente, en beneficio de su hijo: xx. Seguidamente el ciudadano: Antonio José Vásquez, estuvo de acuerdo en pasarle a su hijo, la cantidad de doscientos bolívares (Bs. 200,oo) mensuales, y el doble de la cantidad en los meses de agosto y diciembre los cuales le serán descontados por nómina ante la Dirección de Recursos Humanos de la Gobernación del estado Portuguesa, mas dos (2) cesta tickets y el 50% de la medicina en caso de enfermedad