En horas de Despacho del día de hoy cuatro (04) de octubre del 2010, este Juzgado Ejecutor de medidas, siendo las 9:00 am, conforme estaba acordado en auto anterior se trasladó y constituyó este Juzgado en un local comercial signado con el no 4, ubicado en el edificio centro Comercial “Las Morocota”, ubicado en la avenida 33, entre calle 30 y 31, de la ciudad de Acarigua, Estado Portuguesa, a los efectos de practicar medida de entrega material decretada en la causa No 5176, demandante: Gonzalo Rojas Esteban, representante legal de la empresa Inversiones Rhoda C.A, a través de sus apoderados Julio Cesar castellano y María Gonzala Martínez y Dayana Torres, contra el ciudadano Zi Niang Mo, Motivo. Resolución de Contrato por el Juzgado Primero del Municipio Páez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Seguidamente el Tribunal previa notificación procede a nombrar como Perito Alonso Chirinos, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 4.609.209, quien estando presente expone: “Acepto el cargo y juro cumplir bien y fielmente los deberes inherentes al mismo”. Así mismo manifestó que sus honorarios ascienden a la cantidad de noventa bolívares (Bs. 90, oo), cada hora. Seguidamente el Tribunal previa notificación nombra a la Representante Legal de la Depositaria Judicial Portuguesa C. A, ciudadana Restituta del Carmen Mena, mayor de edad, Venezolana, titular de la cédula de Identidad No 4.244.833, como Depositaria Judicial, quien estando presente expone: “Acepto el cargo y juro cumplir bien y fielmente los deberes inherentes al mismo”. Seguidamente el Tribunal una vez constituido y acompañado del apoderado actor Abogado Julio Cesar Castellano, Inpreabogado No 61.315, procede hacer los tres (3) toques de Ley correspondiente sin que alguna persona acudiera al llamado de la autoridad por lo que se procedió a nombrar al ciudadano Leo Mujica Darwin Antonio, mayor de edad, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 14.346.336, hábil de este domicilio, con el carácter de cerrajero, quien expone: “Acepto el cargo y juro y cumplir bien fielmente los deberes inherentes al mismo” Seguidamente el Tribunal observa una vez que tienen acceso al inmueble objeto de la entrega observa que no existen bienes muebles dentro del mismo, es todo. En consecuencia este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:”La Entrega Material del inmueble constituido por un local comercial signado con el No 4, ubicado en el edificio centro comercial la Morocota avenida 33, entre calles 30 y 31, de la ciudad de Acarigua, estado Portuguesa, libre de bienes y personas al apoderado actor Abogado Julio Cesar Castellano, ya identificado libre de bienes y personas , quien expone: Recibo conforme el inmueble constituido por un local comercial signado con el No 4, , ubicado en el edificio centro comercial la Morocota avenida 33, entre calles 30 y 31, de la ciudad de Acarigua, estado Portuguesa, es todo. El Tribunal da por cumplida su misión y resuelve volver a su sede siendo las 9:30 am. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza;
Abg. Ana Dolores Monagas Carrillo

El cerrajero;
Leo Mujica Darwin

El Abogado actor;
Julio C. Castellano

El Perito;
Alonso Chirinos.

La Depositaria Judicial;
Restituta del Carmen Mena.

La Secretaria Temporal
Abg. Aura E. Rangel