PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Guanare
Guanare, 18 de octubre de 2010
200º y 151º
ASUNTO : PP01-J-2010-000195
Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos MIGUEL ANGEL BERRIOS GOMEZ Y ALEXANDRA FERNANDEZ ARAUJO venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros 17.881.294 Y 19.855.868, respectivamente, por ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público especializada para del Protección al Niño, Niña, Adolescente Civil e instrucción Familia del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, sobre el establecimiento de la OBLIGACION DE MANUTENCIÓN del padre en beneficio de la niña ....de seis (07) meses de nacida, la cual ha sido fijada por la cantidad de cuatrocientos bolívares fuertes (Bs.400,00) mensuales por concepto de obligación de manutención, de igual forma compromete el padre en suministrar a su hija lo que requiera en el mes de Diciembre en cuanto a vestido, calzado y juguetes. Por otro lado se comprometen ambos padres a cubrir los gastos de medicinas, atención medica, recreación y otros, proporcionalmente cada uno de ellos en un 50%. Igualmente convienen que los gastos se harán a través de depósitos bancarios en la cuenta corriente Nro 01020330950000069407 del Banco Venezuela a nombre de la madre de la niña. Por otra parte la obligación de manutención será ajustada cada vez que el Ejecutivo Nacional aumente el salario mínimo urbano obligándose las mismas por medio de la presente conciliación en cada oportunidad por ante la Juez competente. El Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. Se acuerda expedir copia certificada de la presente homologación a las partes. Se acuerda el cierre del presente expediente y su remisión al Archivo Judicial. Cúmplase.
Dios y Federación
Abg. Pastora Peña Garcías
Jueza de Mediación y Sustanciación
La secretaria,
Abg. Andreina Marrelli Palencia.
Seguidamente se cumplió con lo ordenado en autos, conste
Stría.-
PPG/am/ Crisdalia-
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