PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Guanare
Guanare, 21 de octubre de 2010
200º y 151º
ASUNTO : PP01-J-2010-000238
Vista la conciliación celebrada por los ciudadanos FELIX RAFAEL MORENO MARTINEZ y DARIELA COROMOTO GARCIA DE MORENO, titulares de la Cedula de Identidad Nº 11.787.579 y 12.895.522 respectivamente, por ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público en fecha 19 de Octubre del 2010, sobre la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN del ciudadano FELIX RAFAEL MORENO MARTINEZ en beneficio de su hija la adolescente............, de 13 años de edad, la cual ha sido fijada en la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES MENSUALES (Bs. 300,00), ambos padres suministrarán los uniformes y útiles escolares en el mes de Agosto, y en el mes de Diciembre suministrarán el vestuario, calzados y un presente para su hija. Por otro lado ambos padres se comprometen a cubrir el 50% de los gastos de medicinas, atención médica, recreación y otros. La referida cantidad de dinero serán depositadas por el padre en la Cuenta de Ahorros No 0054027929 del Banco Central, cuya titular es la ciudadana DARIELA COROMOTO GARCIA DE MORENO; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de la adolescente en cuestión, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con el artículo 518 ejusdem. Se acuerda expedir copia del presente auto de homologación
La Jueza,
Abg. Pastora Peña Garcías
La Secretaria Temporal,
Abg. Liliana Barreto Arteaga.
Milangela p
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