REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO. SEDE ACARIGUA

En el día hábil de hoy, Miércoles veinte (20) de Octubre de Dos Mil diez, siendo las 9:00 a.m., nueva oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia en la presente causa, de conformidad con el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente; se anunció el acto a las puertas del Tribunal por el Coordinador de Alguacilazgo, ciudadano Jonás Ortiz, titular de la Cédula de identidad Nº V-12.088.739, se deja constancia que compareció la ciudadana EVELIN CRISTINA ORTIZ ALVAREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.566.022, en su carácter de solicitante del procedimiento de Tutela y Consejo de Tutela para la adolescente (se omite), quien se encuentra presente en esta audiencia; así mismo se deja constancia de la comparecencia de las ciudadanas YRMA NILDAN ARANGUREN ALVAREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.043.833, NELIS COROMOTO SILVA ALVAREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.397,554, ROSALBA ARGELIA PEREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.526.628, LILIANA SILVA LUCENA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.670.058, GENNY YSABEL SILVA LUCENA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.333.063 y MIRNA JOSEFINA ARANGUREN GONZALEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.138.012, de las prenombradas ciudadanas, las tres primeras han sido propuestas para los cargos de Tutora, Protutora y Suplente y el resto de las nombradas, aquí presentes fueron propuestas para integrar el Consejo de Tutela. En este estado y de conformidad con el artículo 80 de la Ley Orgánica para la Protección del Adolescente, la juez oye a la adolescente (se omite), titular de la cédula de Identidad Nº V-25.761.835, a fin de que opine al respecto, quien manifiesto:” Estoy de acuerdo que mi hermana mayor Evelin Cristina Ortiz Alvarez, sea mi tutora, ya que ella ha cuidado de mi desde que mi mamá murió, ella se preocupa por mí y es la que cubre todos mis gastos, tanto de alimentación, como de ropa, estudios, además yo necesito que legalmente me represente en el liceo, también estoy de acuerdo que mis tías Yrma Aranguren, Nelis Silva, Liliana Silva, Genny Silva, Mirna Aranguren y mi madrina Rosalía Pérez sean parte de mi tutoría, por que son mi familia y siempre van a estar pendientes de mi persona y somos muy unidas”. Seguidamente se les informa a cada una de las prenombradas ciudadanas sobre los cargos para los cuales han sido propuestas. En este estado en atención a lo expresado por las referidas ciudadanas y oída la opinión de la identificada adolescente, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION CON COMPETENCIA EN EJECUCION Y REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme al artículo 177 Parágrafo Segundo Literal (b) y en concordancia con el artículo 513 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños Niñas y Adolescentes, les discierne el cargo de TUTORA definitiva de la adolescente (se omite), de trece (13) años de edad, a la ciudadana EVELIN CRISTINA ORTIZ ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.566.022, en el cargo de PROTUTOR a la ciudadana YRMA NILDAN ARANGUREN ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.043.833; como SUPLENTE DEL TUTOR a la ciudadana NELIS COROMOTO SILVA ALVAREZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.397.554; y, finalmente, para el CONSEJO DE TUTELA , se designa a las ciudadanas: ROSALBA ARGELIA PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.526.628; LILIANA SILVA LUCENA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-18.670.058; GENNY YSABEL SILVA LUCENA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.333.063 y MIRNA JOSEFINA ARANGUREN GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.138.012. Se advierte a la solicitante que dentro de los cinco (5) días siguientes al de hoy, se emitirá y publicará el pronunciamiento completo. Y Así se Decide.