REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO. SEDE ACARIGUA

En el día de hoy, veintiséis (26) de Octubre de Dos Mil diez, siendo las 11:00 a.m., para que tenga lugar la Audiencia en la presente causa, de conformidad con el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente; se anunció el acto a las puertas del Tribunal por el Coordinador de Alguacilazgo, ciudadano Jonás Ortiz, titular de la Cédula de identidad Nº V-12.088.739, se deja constancia que compareció la ciudadana Gabriela Eduarda Romero Velásquez, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 9.840.325, en su carácter de solicitante del procedimiento de Tutela y Consejo de Tutela en beneficio de la niña Sussan Naimig Romero, quien se encuentra presente en esta audiencia; así mismo se deja constancia de la comparecencia de las ciudadanas Thais Thamairy González Romero, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 10.136.782, inscrita en el Inpreabogado N° 78.907, Emma Teodora Romero Parra, Titular de la Cédula de Identidad N° 1.116.406, Amanda Andreina Rojas Romero, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 18.843.446. En este estado la solicitante ciudadana Gabriela Eduarda Romero Velásquez, anteriormente identificada se propone como tutora de la mencionada niña y a la ciudadana Thamairy González Romero, como Protutora, y la ciudadana Enma Romero Parra como Suplente, para que quede así constituida la Tutela de la niña (se omite), de once (11) años de edad y para el resto de quienes han de integrar el Consejo de Tutela solicita que se sirva fijarme nueva oportunidad para celebrar la audiencia donde el resto de los que han de integrar dicho Consejo de Tutela puedan comparecer ante este tribunal a fin de aceptar el cargo. Seguidamente la Juez procede a ir la opinión de la niña Susan Naimig Romero de conformidad con el artículo 80 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes. En este estado las ciudadanas Gabriela Eduarda Romero, Thais Thamairy González Romero y Enma Teodora Romero, previamente identificadas y juramentadas en su orden manifestaron.” Aceptamos el cargo para el cual fuimos designadas y juramos cumplir bien y fielmente los deberes inherentes al mismo”. Vista la solicitud de continuación de la presente audiencia presentada por la ciudadana Gabriela Eduarda Romero, se acuerda de conformidad. En consecuencia se fija el noveno (9) día de despacho siguiente al de hoy a las dos 2:00 p.m. para la continuación de la presente audiencia. Es todo se leyó y conformen firman.