REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO DEL TRÁNSITO Y CON COMPETENCIA TRANSITORIA EN PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.

EXPEDIENTE. Nº 5.531.
JURISDICCION: CIVIL.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.
MOTIVO: INHIBICION.


Recibida en fecha 13-08-2010, las presentes actuaciones del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, a fin de que esta Alzada conozca como Superior Instancia, de la incidencia planteada con motivo de la Inhibición formulada por el Abogado Rafael Ramírez Medina, en el expediente Nº 15.742. Contentivo de demanda de Partición de Bienes, incoada por los ciudadanos Eduardo Enrique Sánchez Rivero, Ismael José Sánchez Meléndez, Vanessa Raquel Sánchez Osuna y Dulce María Sánchez Osuna, contra las ciudadanas Maritza Biatriz Escalona Pérez, Zolange Coromoto Sánchez López, Zoimar Sánchez Escalona y Adriana Visleidy Sánchez Escalona.

En fecha 17-08-2010, se le dio entrada a la causa bajo el Nº 5.531, conforme a lo previsto en el artículo 89 del Código Procedimiento Civil.

El Tribunal estando en la oportunidad legal, pasa a resolver la inhibición planteada en los términos siguientes:

Manifiesta el Juez Inhibido, que por cuanto en la presente causa la ciudadana Zolange Coromoto Sánchez López, ejerció Pretensión de Queja por ante esta alzada contra su persona, el cual a todas luces resulta temerario e infundado, pues esta fundamentado en hechos inexistentes, en virtud que en esta causa no ha habido quebramientos de forma esenciales, que afecten al orden publico o interés general o afectación de los derechos y garantías constitucionales y procesales fundamentales de las partes intervinientes en esta relación jurídica procesal.

Fundamenta la presente Inhibición todo de conformidad con lo establecido en el artículo 82, ordinal 17 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo pautado en los artículos 19, 26, 49, 141, y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Esta inhibición obra contra la ciudadana Zolange Coromoto Sánchez López, en su condición de codemandada y de su representante judicial Abg. Carlos Rafael Pinto Alvarado.

Ahora bien, cursa en esta Instancia Superior el expediente Nº 5521 Motivo: Demanda de Queja, seguido por: Zolange Coromoto Sánchez López, contra: Juez Abg. Rafael Ramírez Medina, en su condición Juez de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en lo cual queda demostrado que el Juez formulante se encuentra comprendido en la causal establecida en el articulo 82 ordinal 17 del mencionado Código Procesal, lo cual hace precedente en derecho la Inhibición planteada por estar debidamente fundamentada. Así se decide

Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y con competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente de este Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Con Lugar la inhibición formulada por el Abogado Rafael Ramírez Medina, Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de esta Circunscripción Judicial.

Publíquese, regístrese y remítase copia certificada de esta decisión.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y con competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente de este Primer Circuito. En Guanare, a los veintidós (22) días del mes de Septiembre de Dos Mil Diez. Años: 200° de la Independencia y 151° de la Federación.


Juez Superior Civil,

Abg. Rafael Despujos Cardillo.

La Secretaria,

Abg. Soni M. Fernández.

Seguidamente se dictó y publicó en su fecha siendo las 11:00 a.m.
Conste.