PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial
del Estado Portuguesa
Guanare, 22 de septiembre de 2010
200º y 151º


ASUNTO : PP01-J-2010-000097
-
Vista la conciliación celebrada entre los Ciudadanos Ronald Manuel Espinoza Rodríguez y Maira Alejandra Escalona Escalona, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros 22.090.825 y 25.026.139 respectivamente, por ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público Especializada para la Protección del Niño, Niña, Adolescente, Civil e Instituciones Familiares, del Primer Circuito del estado Portuguesa, sobre la fijación de la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, del padre en beneficio de su hijo, el cual esta en estado de gestación, la cual ha sido fijada a la cantidad de Cien Bolívares (Bs. 100,00), los cuales serán entregados directamente a la madre mensualmente previo recibo firmado. Y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos del niño o niña, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. Asimismo, se acuerda expedir dos (02) copias certificadas a las partes de la presente homologación.

La Jueza,

Abg. Pastora Peña Garcías

La Secretaria,


Abg. Elsy Moraima Jurado Verde
Liliana B.-