PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial
del Estado Portuguesa
Guanare, 23 de septiembre de 2010
200º y 151º
ASUNTO : PP01-V-2010-000412
Vista el acta que antecede de esta misma fecha, donde declara desierta la comparecencia de las partes, ciudadanos ANDREINA ARROYO BARAZARTE y RAFAEL JOSÉ ALDANA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 24.615.122 y 16.208.425, respectivamente, a la Audiencia preliminar de la fase de Mediación en el presente juicio de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, este Tribunal considera DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y acuerda EXTINGUIR LA INSTANCIA de conformidad con el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. Se acuerda el desglose de los documentos originales y su devolución a la parte actora, dejando en su defecto copias simples, así como también se acuerda el cierre del presente asunto y remitirla al Archivo Judicial por cuanto no hay más actuaciones que practicar.
La Juez,
Abg. Pastora Peña Garcías
La Secretaria,
Abg. Hirbeth Figuera de Henríquez
PPG/HFdH/Clarisel m.-
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