PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Guanare
Guanare, 29 de septiembre de 2010
200º y 151º
ASUNTO : PP01-J-2010-000142
Vista la conciliación celebrada en fecha 24-09-2010 entre los ciudadanos ASDRÚBAL JOSÉ PAREDES CARMONA y SANDRA CAROLINA AREVALO SÁNCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros 12.239.622 y 19.533.674 respectivamente, por ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público con competencia en Materia de Protección al Niño, Niña, Adolescente y la Familia del Primer Circuito del estado Portuguesa, sobre el establecimiento del RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR en beneficio del niño ..........., de cuatro (04) años de edad, mediante el cual las partes acuerdan que el padre buscará a su hijo, previa coordinación con la madre, debiendo buscarlo a las 09:00 de la mañana y lo regresará a las 06:00 de la tarde. Así mismo, ambos padres convienen que las vacaciones, días feriados, serán compartidos en forma alternativa y en forma conciliada por cada uno de los padres; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos del niño, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.
Se acuerda expedir copia certificada de la presente homologación a las partes. Se acuerda el cierre del presente expediente y su remisión al Archivo Judicial. Cúmplase.
La Jueza,
Abg. Pastora Peña Garcías
La Secretaria,
Abg. Elsy moraima jurado Verde
PPG/ej/ma alej. -
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