REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Laboral del estado Portuguesa sede Acarigua
Acarigua, 8 de Abril de 2011
200º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL: PP21-L-2011-000172
PARTE DEMANDANTE: JOSE ARMANDO GUEVARA, titular de la cédula de identidad N° 11.848.175
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: Abog. NORMA ALVAREZ, titular de la cédula de identidad N° 10.639.240 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 143.022
PARTE DEMANDADA: SERVICIOS INTEGRALES PARA LA INDUSTRIA, C.A. (SEINCA), inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, bajo el N° 05, tomo 193-A, de fecha 26-05-2006.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
ACTA HOMOLOGANDO EL DESISTIMIENTO

Vista la diligencia presentada por el ciudadano JOSE ARMANDO GUEVARA, antes identificado, debidamente asistido por la abogada NORMA ALVAREZ, mediante la cual desiste del presente procedimiento de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, éste Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Sede Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en uso de las atribuciones legales y de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, aplicado por analogía conforme a lo pautado en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo HOMOLOGA el DESISTIMIENTO en los términos expresados por la parte demandante, en consecuencia, se ordena el cierre y el archivo del presente expediente. Es todo.
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,
ABG. LISBEYS ROJAS MOLINA
ABG° JOSEFINA ESCALONA