PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Guanare
Guanare, 13 de abril de 2011
200º y 152º
ASUNTO : PP01-J-2011-000359
Vista la solicitud formulada por la ciudadana ROSAURA MARIA MANZANO DE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.960.155, asistida por el Abogado en ejercicio JOSE GREGORIO MEJIAS DELGADO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro 143.185, actuando en su propio nombre y en representación de los ciudadanos ADELIS JOSE RODRIGUEZ VALERA, CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ VALERA, JONATHAN ADELIS RODRIGUEZ SANCHEZ, los adolescentes *********, ***********, *********, ********* y el niño *********, venezolanos, mayores de edad los tres primeros, de Diecisiete (17) años de edad la cuarta, de Dieiciséis (16) años de edad la quinta, de Trece (13) años de edad el sexto, de Doce (12) años de edad el séptimo y de Cinco (05) años de edad el último, titulares de la cédula de identidad Nros. V-19.670.792, V-21.525.475, V-20.318.384, V-25.424.118, V-22.091.562, V-25.652.705, V-27.510.958, sin cédula de identidad respectivamente. Con vista de las declaraciones de los testigos, quienes estuvieron acorde con lo expuesto en las mismas, de conformidad con la facultad otorgada a los jueces según lo previsto en el articulo 508 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de acuerdo a lo pedido y dejando a salvo los derechos a terceros DECLARA de conformidad con lo establecido en el articulo 937 ejusdem, dichas pruebas suficientes para asegurarle a la ciudadana ROSAURA MARIA MANZANO DE RODRIGUEZ, a los ciudadanos ADELIS JOSE RODRIGUEZ VALERA, CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ VALERA, JONATHAN ADELIS RODRIGUEZ SANCHEZ, los adolescentes ************, **********, ***********, ************ y al niño **********, plenamente identificados en la solicitud, su condición de HEREDEROS del causante ADELIS COROMOTO RODRÍGUEZ, quien falleció ab-intestato en fecha 15 de Marzo de 2.011, en el Barrio Apamatal frente a la Bomba Italven de la ciudad de Guanare, Municipio Guanare del Estado Portuguesa. Devuélvanse originales con sus resultas. Asimismo se acuerda la expedición de Dos (02) copias certificadas de las presentes actuaciones solicitadas.
La Jueza,
Abg. Pastora Peña Garcías
Jueza Primera de Primera Instancia
de Mediación, Sustanciación y Ejecución
La Secretaria,
Abg. Elsy Moraima Jurado Verde
Juleidith pfdr.-
|