PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa Guanare
Guanare, 27 de abril de 2011
201º y 152º
ASUNTO N°: PP01-J-2011-000445
Vista el acta de convenimiento celebrada entre los ciudadanos LUIS ENRIQUE RODRIGUEZ y JUANA ISABEL OROPEZA GOMEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-14.995.922 y V-18.668.037 respectivamente, por ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público Especializada para la Protección de Niños, Niñas, Adolescentes, Civil e Instituciones Familiares del Primer Circuito del Estado Portuguesa, sobre la fijación del REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, que establece el ciudadano LUIS ENRIQUE RODRIGUEZ en beneficio de sus hijos de nombres y apellidos ...................................(gemela), ................................(gemela) y ......................................., de Siete (07), Siete (07) y Seis (06) años de edad respectivamente, la cual ha sido fijada de la siguiente manera: El padre buscará a sus hijos en casa de la madre los días viernes a las 04:00 de la tarde debiendo entregarlos en casa de su madre los días domingo a las 04:00 de la tarde, esto sucederá dos (02) fines de semana al mes, cada 15 días. Con respecto a las vacaciones escolares, de Semana Santa, Carnavales y Decembrinas serán de manera alternada previo acuerdo entre los padres. Asimismo, indican las partes que el presente acuerdo podrá ser objeto de modificación tomando en cuenta el Interés Superior de los niños en cuestión. Ahora bien, como quiera que dicho convenimiento no vulnera los derechos de los niños arriba identificados, este Tribunal LE IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN Y LE DA CARÁCTER DE SENTENCIA FIRME EJECUTORIADA, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 518 y 519 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. Se acuerda conservar el original del acuerdo en el Archivo sede de este Circuito Judicial de Protección, extensión Guanare y expedir dos (02) copias certificadas del mismo junto con la presente homologación a las partes presentantes del acuerdo.
La Jueza,
Abg. Francileny Alexandra Blanco Barrios
Jueza Segunda de Primera Instancia
de Mediación, Sustanciación y Ejecución
El Secretario,
Abg. Alfredo José Oropeza.
Juleidith pfdr.-
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