En el asunto Nº PP11-C-2011-000006, seguido a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, por la comisión de uno de los Delitos establecidos en la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, en este fecha se realizó REVISION de SANCION DE PRIVACION DE LIBERTAD, conforme al artículo 647, literal "E" de la ley que rige la materia, se SUSTITUYO por la sanción de REGLAS DE CONDUCTA y LIBERTAD ASISTIDA, establecidas en los artículos 624 y 626 de la Ley Especial que rige la materia, por el lapso que resta por cumplir. Notifíquese a la Coordinación del Equipo Técnico. Extensión Guanare. Se ordena la declinatoria de competencia al Tribunal de ejecución con sede en Guanare, por ser lugar de residencia de la adolescente. Se ordena la LIBERTAD de la misma. Ofíciese y líbrese lo conducente. ASI SE DECIDE.