En el asunto penal Nº PP11-D-2011-00087, seguida al adolescente IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY., por la comisión de uno de los delitos establecidos en la LEY ORGÁNICA DE DROGAS, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, en esta fecha se decreta el CESE de la medida de PRIVACION DE LIBERTAD, por haber cumplido responsable e ininterrumpidamente con la sanción impuesta y por el lapso correspondiente. Se decreta la Libertad Plena del mencionado adolescente. Hágase las notificaciones y la remisión de la causa al archivo Judicial en el lapso legal. Así se decide.