En el asunto Nº PP11-D-2011-000127, seguido al adolescente IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, por la comisión de uno de los delitos CONTRA LA PROPIEDAD, específicamente el Delito de ROBO LEVE EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, previsto en el artículo 456, parte infine del Código Penal, cometido en perjuicio de la Ciudadana: THAMARA ALMAO ARRIECHI, en este fecha se realizó AUTO EJECUTORIO de la sanción que fue dictada correspondiente a la AMONESTACIÓN, establecida en el artículo 623 de la Ley que rige la materia, se fija Audiencia de Imposición de Sanción para el día Veintidós (22) de Agosto de 2011, a las 09:45 a.m. Notifíquese a las partes. Así se decide.