Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: Yasmary Carolina Velásquez y José Gregorio Canelón Carmona, titulares de las cedulas de identidad Nros. 17.691.253 y 16.073.005, respectivamente. Seguidamente el ciudadano: José Gregorio Canelón Carmona, estuvo de acuerdo en pasarle a su hijo, la cantidad de trescientos bolívares (Bs.300,00) mensuales, de manera quincenal ciento cincuenta bolívares (Bs.150,00) cada quincena, de igual manera se comprometió con los gasto de los útiles escolares en el mes de septiembre y con relación a los gastos decembrinos buscará a su hijo del 10 al 15 de diciembre para comprarle los estrenos, dichas cantidades de dinero las consignará por ante este tribunal;