PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 11 de agosto de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: PP01-L-2011-000000000100
PARTE DEMANDANTE: FACUNDO LUCENA, titular de la cedula de identidad Nª 9.409.954DE ESTE DOMICILIO,
APODERADO JUDICIAL DE LA ACCIONANTE; RAMSES GOMEZ, Inscrito en Inpreabogado bajo el Nª 143.991
PARTE DEMANDADA: GOBERNACION DE PROTUGUESA
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: MARIA ULACIO MOTIVO: Reclamación de Diferencia de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.
prolongación
Hoy, 11 de agosto de 2011, siendo las 9:00 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar prolongación de la Audiencia Preliminar, se deja constancia la incomparecencia de la parte accionante quien no comparece ni por si ni por medio de apoderado alguno por lo que quien juzga decreta el desistimiento del procedimiento conforme lo establece el articulo 130 de la ley adjetiva laboral, de igual forma se deja constancia que Comparecen, Luis Franco , Apoderada judicial de la Procuraduría del Estado Portuguesa,
El Juez
Abg.Rafael Gainze
Apoderada de la demandada
La Secretaria
Abg.Ana Colmenares
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