REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

En el día de ayer 02/08/2011, a la 1:32 p.m, se constituyó este Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Iribarren, Crespo y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a fin de dar cumplimiento al asunto KP02-C-2011-001108, medida de Embargo Ejecutivo decretado por el Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en el juicio por Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento, intentado por la ciudadana LIGIA ROSA DIAZ RAMIRES, contra la empresa TEXCOM TELECOMUNICACIONES, C.A., en la carrera 18 entre calles 22 y 23, Edificio Gloria (Azotea) Barquisimeto, Municipio Iribarren, Estado Lara, acompañados por el apoderado judicial de la parte actora Alexis Viera Duran Inpre 57.046, Juan Colmenarez en su carácterr de representante de la Depositaria Judicial Yacambú C.A y Omar Parra, designados y juramentados depositario y perito respectivamente, asimismo de los funcionarios de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela. En el sitio fuimos atendidos por el presidente de la junta de condominio Omar Barradas, C.I. N° V-9.627.987 quien manifestó que efectivamente había un contrato de arrendamiento celebrado por el condominio del Edificio Residensias Gloria con la empresa TEXCOM TELECOMUNICACIONES, C.A., y a fin de verificar si las antenas pertenecen a la demandada, se dirigieron a la azotea del edificio y por cuanto la caseta de transmisión se encuentraba cerrada fue designado y juramentado a solicitud del actor el ciudadano Franklin Ramirez, como cerrajero. Una vez abierta la puerta de la caseta el actor señaló bienes de la demandada TEXCOM C.A., hasta por Bs. 40.000, el Tribunal declaró el embargo de dichos bienes limitando sus efectos a Bs. 18.332,84, como lo señala el decreto, lo desposesionó juridicamente del patrimonio de la demandada y los entrega al depositario judicial, quien solicitó la colaboración del condominio para la supervisión periodica de la misma. Se ordenó la devolución de la comisión al comitente. A las 5:00 pm terminó el acto.