REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN LOPNA. EXTENSIÓN ACARIGUA.
Este Tribunal Penal de Ejecución Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 647 literal h de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, decreta el cese de la medida de Imposición de Reglas de Conducta a favor del joven SE OMITE POR RAZONES DE LEY, ampliamente identificado en autos en la causa seguida por el delito de Violación en grado de tentativa previsto en el artículo 375 ordinal 1, en concordancia con el articulo 80, ambos del Código Penal. Remítase el presente asunto en su oportunidad legal al archivo judicial.